España
'Caso Begoña Gómez'

El vídeo del fiscal apoyando a Begoña: «Irregularidades administrativas no llevan siempre a un ilícito penal»

OKDIARIO desvela cómo el Ministerio Público pide archivar la causa por "falta de indicios"

La Fiscalía pidió durante más de media hora el archivo definitivo del caso Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, al considerar que las «irregularidades» detectadas por la Intervención General del Estado son de naturaleza «administrativa» y no alcanzan «relevancia penal».

Durante la comparecencia celebrada este 6 de octubre de 2025, el representante del Ministerio Público defendió que «las irregularidades de índole administrativa no conducen automáticamente a un ilícito penal», descartando los cuatro delitos investigados: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.

La sesión, prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, se desarrolló en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, liderado por Juan Carlos Peinado, en ausencia de los tres investigados –Begoña Gómez, Carlos Barrabés y Cristina Álvarez–, que optaron por no acudir personalmente pese a estar debidamente citados. No obstante, Peinado no mostró ningún malestar con esa circunstancia en la vista.

El fiscal fue contundente al afirmar que «no advertimos el carácter delictivo de los hechos». Su intervención, que duró aproximadamente 35 minutos, desmenuzó cada uno de los supuestos delitos investigados, concluyendo que ninguno reúne los elementos típicos necesarios para su persecución.

El informe de la IGAE

El núcleo argumental del Ministerio Fiscal se centró en desmontar la relevancia penal del informe de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), remitido al juzgado el 30 de mayo de 2025 y que publicó en primicia OKDIARIO. Este documento identificó irregularidades en procedimientos de contratación de Red.es –que depende del Gobierno de España– adjudicados a empresas vinculadas a Carlos Barrabés.

El fiscal explicó que las observaciones de la IGAE se ciñen a «un excesivo peso de la valoración subjetiva puesta en relación con la fórmula escogida para las valoraciones objetivas». Sin embargo, subrayó que esta «fórmula escogida no es singular o exclusiva de estos contratos, siendo una problemática recurrente, no aislada en la administración e incluso en otras jurisdicciones».

Las irregularidades detectadas incluyen que la mesa de contratación de Red.es «carecía de competencia legal para realizar la valoración técnica», que «debía haber recaído en un comité independiente de expertos». También se señalaron modificaciones de criterios de valoración sin justificación suficiente y documentos con metadatos borrados.

No obstante, el Ministerio Público disculpa a los investigados. El fiscal José Manuel San Baldomero dice que el propio informe de la IGAE concluye que varios de los contratos analizados «fueron conformes a la normativa aplicable».

El fiscal insistió en que estas deficiencias «no reflejan una manipulación deliberada, sino defectos procedimentales que no alcanzan el umbral de lo punible». Añadió que «ninguno de los investigados se ha beneficiado económicamente de la actividad de creación de software informático, ni consta que la Universidad Complutense haya sufrido perjuicio patrimonial». Sin embargo, el centro docente se ha personado para reclamar el perjuicio económico por la apropiación del desarrollo informático.

La acusación popular sostiene que Begoña Gómez «se habría servido de su condición de esposa del presidente del Gobierno» para captar fondos y favorecer posteriormente las adjudicaciones públicas obtenidas por empresas del grupo Barrabés, que entre 2020 y 2021 resultaron beneficiarias de contratos por valor de 21 millones de euros.

El Ministerio Fiscal rechaza esta tesis de forma categórica. «La mera relación conyugal de María Begoña Gómez no puede operar como una suerte de presunción iuris et de iure [de derecho y por derecho] que se traduzca en un prevalimiento de influencia con relevancia penal en toda su actividad», agrega.

Añadió que el delito de tráfico de influencias requiere «una presión moral eficiente sobre la acción o la decisión de otra persona derivada de la posición o estatus del sujeto activo», elemento que considera ausente. «No advertimos esa influencia, ya sea directa, con órdenes o indicaciones expresas o de forma más sutil o indirecta, sibilina», enfatizó.

El fiscal del caso Begoña Gómez sostiene que las «cartas de apoyo» que Begoña Gómez firmó para dos proyectos empresariales de Barrabés no constituyen delito porque «simplemente recomendaban el objeto del contrato» y no a un empresario concreto. Esgrime que entidades como Microsoft, IBM y el Ayuntamiento de Madrid también emitieron cartas similares sin que se haya cuestionado su legalidad. Obvia que esas entidades no tienen relación directa familiar con el máximo dirigente del Gobierno de España.

Respecto al software desarrollado en la cátedra, cuya supuesta apropiación indebida se investiga, el fiscal dice que «los trabajos realizados por diferentes colaboradores y entidades» no llegaron a culminar en «un logro real de funcionamiento y puesta en marcha eficaz». Descartó que exista «ese ánimo de lucro» necesario para el delito patrimonial, recordando que «se trataba de la finalidad y utilización de un programa por pymes y ONG de carácter con carácter gratuito».

Las defensas de los investigados coinciden con el criterio fiscal y van más allá al cuestionar la competencia del Tribunal del Jurado para este procedimiento. El letrado de Begoña Gómez denunció una investigación «prospectiva» sin precedentes: «Desde que desapareció la Inquisición a principios del siglo XIX, nunca había yo conocido una investigación del carácter y del tenor de la que está sufriendo».

La acusación popular, representada por HazteOír, fue la única parte que mantiene la tesis acusatoria, solicitando la continuación del procedimiento ante el Tribunal del Jurado. Durante más de una hora, el abogado describió «un entramado» en el que «Begoña Gómez utilizó su condición para abrir puertas, vendió esta posición a cambio de apoyos empresariales, desvió y privatizó un software universitario y firmó lo que ni podía ni debía firmar».

Dijo que existe «una triangulación de intereses entre Moncloa, la cátedra dirigida por Begoña Gómez y las actividades empresariales de Barrabés». Como indicio, cita que el rector de la Complutense «se desplazó a la Moncloa» en julio de 2020 para acordar la creación de la cátedra, y que en reuniones con empresas como Indra o Telefónica hubo «un despliegue de seguridad elevado» y la presencia de los máximos directivos.

La resolución sobre estas peticiones contrapuestas quedará en manos de Peinado. Mientras tanto, el caso continúa su singladura judicial con un fiscal que ejerce de defensa, convirtiendo a la acusación popular en la única voz disonante de un caso que está más cerca de acabar en juicio.