La Justicia europea sentencia que Junqueras tenía inmunidad desde que fue elegido eurodiputado
Pulse aquí para ver al completo la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
La Corte de Luxemburgo ha respondido al Tribunal Supremo sobre la situación del líder de ERC y su escaño
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado que Junqueras debió ser reconocido eurodiputado de pleno derecho, con inmunidad incluida, desde la proclamación de los resultados electorales del pasado 26-M. «Una persona que resulta elegida al Parlamento Europeo adquiere la condición de miembro de dicha institución por el hecho y desde el momento de la proclamación de los resultados electorales, de modo que goza de las inmunidades reconocidas por el artículo 9 del Protocolo», señala la sentencia.
La respuesta de la Corte de Luxemburgo se ha hecho pública este jueves y con ella queda despejada la incógnita planteada por el Supremo, durante el juicio al ‘procés’, a la jurisdicción europea, sobre la situación de los políticos catalanes en la Cámara de representación comunitaria. Una decisión que probablemente tendrá consecuencias directas, también, sobre el escaño vacío de los prófugos Toni Comín y Carles Puigdemont.
Los 15 magistrados que integran la Gran Sala del TJUE despejan, así, la consulta planteada por el Alto Tribunal, en contra del criterio de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado. Los jueces europeos debían resolver sobre la condición de diputado adquirida por Junqueras tras resultar elegido, como cabeza de lista de ERC, en los últimos comicios europeos.
Las tres dudas que se elevaron desde la Sala de lo Penal del Supremo presidida por el juez Manuel Marchena -ponente de la sentencia del 1-O- a sus colegas europeos fueron: si la condición de diputado de Junqueras y la inmunidad legal asociada al cargo empezaban una vez elegido o tras recoger el acta; si en el caso concreto era excusable no haber formalizado los trámites obligatorios debido a su «situación de prisión provisional» por «delitos graves»; y, si el viaje imprescindible a Bruselas, para asistir a la sesión de constitución de la Eurocámara era superior a la necesidad de garantizar el desarrollo e intereses del procedimiento judicial en España.
Abogado General
Hasta el momento, la única posición jurídica oficial disponible era la del Abogado General de la Unión Europea Maciej Szpunar quien sostuvo en su escrito de conclusiones -de 12 de noviembre- que Junqueras debía ser considerado eurodiputado desde su proclamación por la Junta Electoral Central española, el pasado 13 de junio de 2019.
Para Szpunar la inmunidad de los eurodiputados comienza desde el mismo momento en el que el resultado de las urnas confirma oficialmente su elección -y durante los cinco años en los que se prolonga su mandato- sin que les sea exigible la formalidad de prestar «juramento o promesa de acatar la Constitución».
Pese a lo cual el letrado público de Estrasburgo puntualizó que el TJUE ya no era competente para contestar a la cuestión prejudicial planteada por el Supremo español, dado que el Alto Tribunal ya ha dictado una sentencia condenatoria firme sobre el ‘procés’ y la responsabilidad penal de sus líderes en el mismo.
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