El Constitucional anula parcialmente la moción independentista del Parlament del pasado julio
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad este jueves anular de forma parcial una moción aprobada por el Parlament de Cataluña el pasado mes de julio por la que la cámara autonómica se ratificó en los Objetivos de la resolución independentista del 9 de noviembre de 2015.
La estimación de la impugnación del Gobierno es parcial y sólo afecta a tres de los puntos del acuerdo, en los que el Parlament manifestaba su voluntad de culminar el proceso de independencia en Cataluña, reiteraba los «objetivos políticos» de resoluciones anteriores con el mismo propósito y defendía del derecho de autodeterminación.
La resolución califica de inconstitucionales y nulos los apartados 1 a 3 de la moción impugnada y desestima las pretensiones del Gobierno «en todo lo demás». La sentencia se notificará en los próximos días, han informado fuentes del Tribunal Constitucional.
El Gobierno impugnó la resolución tras el preceptivo informe del Consejo de Estado. Según explicó en su día la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, se hizo «en defensa de la Constitución y del Estatut», y no se pretendía con ello afectar a la determinación del Ejecutivo de seguir intentando una salida política al conflicto en Cataluña.
La moción fue aprobada con los votos de Junts per Catalunya, ERC y la CUP y ratifica los objetivos políticos de una declaración anterior de 2015 -relativa a la consulta del 9 de noviembre de 2014-, por la que se proclamaba el inicio de un proceso unilateral de creación de una República catalana independiente en el que se desobedecería –no habría subordinación, según su lenguaje– al resto de instituciones españolas, entre ellas el TC.
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