El Supremo tumba la pretensión de Torra de suspender cautelarmente su inhabilitación
Sánchez y Torra acuerdan por teléfono reunirse para acabar con "el conflicto político en Cataluña"
El inhabilitado Torra pide la «libertad inmediata» del condenado e inhabilitado Junqueras
El Tribunal Supremo ha avalado la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de dejar sin el acta de diputado en el Parlament de Cataluña a Quim Torra, presidente de la Generalitat. La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal ha desestimado la medida cautelarísima presentada por la defensa del todavía jefe del Ejecutivo catalán contra la decisión de la JEC que le inhabilitó tras haber sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por un delito de desobediencia.
Los magistrados del Supremo consideran que no existe «una razón de urgencia que aconseje suspender el acuerdo de la administración electoral antes del resolver sobre el fondo de la cuestión». Los mismos jueces señalan que, a pesar de no contar ya con su acta de diputado en el Parlament de Cataluña, Torra podría seguir ejerciendo su cargo de presidente de la Generalitat si fuese reelegido de nuevo en la cámara catalana. El Supremo sostiene, a través del artículo 67.2 del Estatuto de Autonomía catalán, que el líder del Ejecutivo autonómico «es elegido por el Parlamento de entre sus miembros». Este mismo artículo, según los magistrados, no recoge que el ‘president’ tenga que mantener su condición de diputado autonómico durante su mandato al frente de la Generalitat.
El Supremo ha adoptado el mismo criterio que este jueves aplicó al líder de ERC condenado por el 1-O, Oriol Junqueras, al que se le denegó también la la medida cautelarísima planteada por su defensa para invalidar de momento el criterio. La magistrada Pilar Teso se ha abstenido en este asunto, ya que fue miembro de la JEC que ordenó al presidente de la Generalitat retirar los símbolos independentistas. Le ha sustituido este viernes en la Sala el magistrado José Luis Requero. El estudio sobre el fondo de la cuestión, así como una posible suspensión una vez oídas al resto de partes en este litigio, se verá por el alto tribunal más adelante.
El pasado viernes, la Junta Electoral Central ordenó dejar sin escaño en el Parlament a Quim Torra y, en consecuencia, le impidió a seguir presidiendo la Generalitat de Cataluña. La Junta declaró que el dirigente separatistas concurrió la «causa de inelegibilidad sobrevenida», recogida en la Ley Electoral, al haber sido condenado por negarse a retirar los lazos amarillos de edificios públicos, pese a que la condena no sea firme. La Ley Electoral considera «inelegibles» a los condenados por este delito, aunque la sentencia no sea definitiva.
El PP fue una de las formaciones que interpuso ante el Supremo y la JEC para inhabilitar a Torra. Teodoro García Egea, secretario general de los ‘populares’, ha celebrado la decisión del Supremo a través de las redes sociales: «Ser socio de Sánchez no exime de cumplir la ley. Rigor, firmeza, defensa de España y cumplimiento de la ley es lo que pueden esperar de nosotros».
El Supremo y la JEC avalan el recurso del PP por el que Torra debe ser destituido como presidente y entregar su escaño.
Ser socio de Sánchez no exime de cumplir la ley.
Rigor, firmeza, defensa de España y cumplimiento de la ley es lo que pueden esperar de nosotros. https://t.co/L924onUbCa
— Teodoro García Egea (@TeoGarciaEgea) January 10, 2020
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