El Supremo rechaza la petición de Cerdán de retransmitir en directo su declaración del lunes
El magistrado de la causa argumenta que iría en contra de la ley: la instrucción es secreta


El juez instructor del Tribunal Supremo que investiga la trama del PSOE, Leopoldo Puente, ha rechazado la petición del ex secretario de Organización socialista Santos Cerdán, para retransmitir en directo su declaración como investigado, la figura procesal equivalente a la que antes se conocía como imputado. Así lo ha comunicado el magistrado del Supremo en una providencia que se ha conocido este viernes.
El magistrado del Alto Tribunal se ha negado porque considera que es «inconciliable» con el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Este precepto legal determina que la fase de instrucción de una causa será secreta hasta que se abra juicio oral. Además, prevé el castigo con multas de la publicación de alguna diligencia del sumario.
Cerdán defendió la idoneidad de la retransmisión alegando que así no se tergiversarían sus respuestas a las preguntas del juez, el fiscal o la acusación popular. Además, argumentó que existía un «interés público del presente procedimiento» que consideraba «indiscutible».
En ese sentido, el juez Puente ha defendido que las medidas tomadas por el Supremo han permitido que no vuelva a haber filtraciones de las declaraciones de los investigados. En todo caso, ha recordado que en un principio, aparecieron en la prensa las tres primeras declaraciones y que, desde entonces, se decidió no entregar las grabaciones a las partes. Desde entonces, se limitó su acceso y solamente pueden consultarse los vídeos desde el Supremo. Todo ello para evitar que se volvieran a difundir detalles que deberían ser secretos por estar en fase de instrucción.
Asimismo, el magistrado apostilla que «ninguna de las ya numerosas declaraciones posteriores ha trascendido, por lo que a su grabación audiovisual respecta, extramuros del procedimiento».
El juez Puente incide en que «no puede corregirse una patología, con otra mayor», en alusión a la medida propuesta por la defensa de Cerdán. Además, afea al abogado del ex secretario de Organización del PSOE de que su petición «ignore la legislación vigente» y que incluso «podría presentar perfiles delictivos».
Acceso al Punto Neutro Judicial
El magistrado instructor de la causa sí ha permitido a Cerdán acceder al Punto Neutro Judicial para consultar toda la información disponible en los registros públicos sobre su situación patrimonial. No le concede los permisos para informarse sobre los de su hija y su mujer.
En su momento, Cerdán argumentó su petición en que había «que tener en cuenta que en el presente procedimiento se investiga un posible caso de corrupción que afectaría a un ex ministro todavía miembro de las Cortes Generales y a otro ex diputado que ha ostentado la Secretaría de Organización del partido político que se encuentra en el Gobierno».
A su vez, el ex secretario de Organización también transmitió al juez que «tiene intención de aportar toda la información a su disposición relativa a su situación patrimonial». Y trasladó su «clara voluntad de transparencia». «Esta obligación no incumbe sólo al cargo público sino también a sus familiares directos, en este caso, esposa e hija», abundaba.
«Es por todo ello que, para cotejar con los documentos que puedan ser aportados por esta parte, interesamos que mediante el Punto Neutro Judicial se obtenga toda la información disponible de los registros de los organismos públicos en su máxima expresión tanto del señor Santos Cerdán como de su mujer y su hija», solicitaba Cerdán.