Juicio al 'procés'

El Supremo rechaza incluir a Puigdemont en la consulta al TJUE sobre la inmunidad de Junqueras

Puigdemont y Comín, ambos procesados por sendos delitos de rebelión por el 'procés' separatista de Cataluña, huyeron a Bélgica como prófugos de la Justicia española.

El Supremo pide a la Justicia europea que se pronuncie sobre la inmunidad de Junqueras

El Supremo rechaza incluir a Puigdemont en la consulta al TJUE sobre la inmunidad de Junqueras

El Supremo rechaza incluir a Puigemont y Comín en su consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad de Oriol Junqueras. La Sala de lo Penal presidida por el juez Marchena, encargada de enjuiciar a los líderes del ‘procés’ separatista de Cataluña, ha inadmitido los escritos presentados por los abogados de ambos para consultar a Luxemburgo sobre la situación parlamentaria del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y del exconsejero Toni Comín, ambos prófugos de la Justicia española.

En una providencia emitida el pasado martes 2 de julio, el Alto Tribunal descartaba la necesidad de incluir a Puigdemont y Comín en el escrito dirigido al TJUE para que delimite en qué momento un diputado electo en el Parlamento Europeo queda protegido por la inmunidad parlamentaria. «No procede tener por formuladas las mismas en tanto que no son parte personada ante esta Sala ni se les ha efectuado traslado alguno», dice la resolución sobre los dos separatistas en situación de rebeldía procesal.

La Sala consideró necesario plantear una cuestión prejudicial a la jurisdicción europea a instancias de la solicitud del abogado de Junqueras, Andreu Van den Eynde -vía recurso de súplica- pero entiende improcedente hacer lo mismo en los casos de Puigdemont y Comín porque el asunto pertenece a una pieza separada, abierta con motivo de la situación de prisión provisional de Junqueras, y en la que están únicamente personadas las acusaciones y la defensa del exvicepresidente de la Generalitat.

Permiso penitenciario 

El Supremo remitió 3 preguntas al TJUE para que determinase la interpretación del artículo 9 del Protocolo 7 sobre los privilegios e inmunidades de los eurodiputados «mientras el Parlamento Europeo esté en período de sesiones». Y lo hizo en tanto en cuanto Junqueras no ha formalizado su toma de posesión como diputado electo tras denegarle el Alto Tribunal el permiso penitenciario extraordinario que le permitía jurar su cargo ante la Junta Electoral Central (JEC). Un requisito imprescindible para poder acudir a la sesión constitutiva de la cámara europea.

Ahora, descarta rotundamente sumar a dicho planteamiento a Puigdemont y Comín que pedían que el Supremo incluyese, también, en la consulta su situación particular sobre la imposición del trámite de jurar la Constitución presencialmente en Madrid para acceder al acta de eurodiputado, el alcance de la inmunidad parlamentaria y las funciones de la Junta Electoral Central.

La negativa se produce una vez el Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado su exigencia de acordar medidas provisionales urgentes reconociendo sus privilegios como europarlamentarios, para que pudiesen tomar posesión de sus escaños, mientras resuelve sobre el fondo del asunto: si la decisión de la Junta Central Electoral de no reconocer su derecho como eurodiputados es ajustada a derecho.

 

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