El Supremo ordena el archivo de las actuaciones contra Mas, Lloveras y Pascal
El Tribunal Supremo ha decretado el archivo definitivo de las actuaciones judiciales contra el expresidente catalán, Artur Mas; la expresidenta de la AMI, Neus Lloveras y la excoordinadora del PDeCat, Marta Pascal, en la causa contra el independentismo catalán.
Así lo ha notificado este jueves el Supremo en un auto donde declara abierto el juicio oral por delito de rebelión para Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Jordi Turull, Raúl Romeva, Josep Rull, Dolors Bassa, Carme Forcadell, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart.
Por malversación también a Junqueras, Forn, Turull, Romeva, Rull, Bassa y a Meritxell Borrás, Carles Mundó, y Santiago Vila . Por desobediencia a Lluís María Corominas, Lluís Guinó, Anna Isabel Simó, Ramona Barrufet, Joan Josep Nuet, Mireia Boya, Borrás, Mundó y Vila.
Tras la apertura de juicio oral, se procede dar al Ministerio Fiscal, a la Abogacía del Estado y a la acusación popular, que ejerce VOX, para que presenten sus respectivos escritos de acusación.
El Tribunal Supremo no dictará la sentencia sobre el referéndum ilegal del 1-O hasta después de las elecciones municipales y autonómicas del próximo 26 de mayo. Aunque las cuestiones previas se inicien previsiblemente tras el puente de diciembre, las sesiones del juicio no comenzarán oficialmente hasta la segunda o la tercera semana de enero.
El aluvión de escritos y recursos presentados por los golpistas ante el Alto Tribunal han provocado el retraso en el inicio del juicio y por tanto, en la sentencia. El Supremo quiere resolver todos y cada uno de dichos escritos antes del iniciar las sesiones para que los acusados no aleguen indefensión ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Precisamente, la Sala Segunda del Supremo en una providencia reciente subrayaba la “estrategia dilatoria” de la defensa de Junqueras y Romeva, “contraria al derecho de los encausados a un proceso sin dilaciones indebidas”. Rechazaba así tramitar el recurso de súplica para ampliar nuevamente el trámite de instrucción a las partes tras la conclusión del sumario dictada por el magistrado Pablo Llarena.
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