Giro en la edad de jubilación si hiciste la mili: se confirma
Los españoles que en su día hicieron la mili tienen ventajas para la jubilación
Los españoles que en su día hicieron la mili tienen ventajas a la hora de acceder a la jubilación. Estos ciudadanos podrán sumar un año extra como máximo para retirarse de forma anticipada, ya sea a los 63 años o a los 65 años de edad. La cotización extra por el servicio militar obligatorio no servirá para acceder a la jubilación ordinaria. Consulta en este artículo todo lo que tiene que ver con la mili y la jubilación.
Acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años con el 100% de la pensión es más difícil en España desde el 1 de enero. Este 2025 se ha aumentado la edad de jubilación conforme a lo establecido en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social aprobada en su día por el Gobierno de Zapatero. Esta norma ha ido endureciendo los criterios año a año para poder acceder a la jubilación ordinaria con la pensión íntegra.
Así que en 2025 se podrán jubilar a los 65 años con el 100% de la pensión las personas que certifiquen una cotización de 38 años y tres meses a la Seguridad Social. En caso contrario, tendrán que esperar hasta los 66 años y 8 meses. A los 66 años y 10 meses se tendrán que jubilar en 2026 los que no cumplan con los requisitos de cotización, y se llegará a los 67 años en 2027 para los que no tengan 38 años y seis meses cotizados.
La mili y la jubilación
Las personas que en su día realizaron el servicio militar obligatorio, lo que conocemos por mili, tienen ventajas a la hora de acceder a la jubilación… de forma anticipada. La Seguridad Social permite sumar hasta un año máximo de cotización a los españoles que en su día hicieron la mili para acceder a este tipo de jubilación. Para adelantar la retirada, hay que cumplir con una cotización mínima de 35 años, por lo que los ciudadanos que en su día hicieron la mili y tienen 34 años cotizados se podrán acoger a ella.
«Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año», indica la Seguridad Social a través de su página web.
Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social y que se caracteriza por resolver las dudas de los pensionistas a través de la plataforma YouTube, también ha dado todos los detalles sobre esta cotización de un año que se pueden las personas que se acojan a la jubilación anticipada voluntaria o involuntaria.
Este experto en la materia deja claro que la cotización por el servicio militar «no se considera a efectos de una jubilación ordinaria, ni a efectos de una incapacidad permanente, ni a efectos de cualquier otra prestación del sistema de Seguridad Social, sólo a efectos de la jubilación anticipada». También informa que «este período no afecta al cálculo de la pensión a efectos de la base reguladora ni del porcentaje de la pensión».
«Para una jubilación anticipada involuntaria se necesitan 33 años cotizados, mientras que para la voluntaria, 35. Simplemente, para alcanzar esos años, es lo único que cuenta el servicio militar y, a lo máximo, un año», dice sobre la función de este extra en la cotización.
La jubilación anticipada voluntaria e involuntaria
La Seguridad Social permite a los españoles adelantar la jubilación de forma voluntaria siempre que hayan cumplido una cotización mínima de 35 años. Los que puedan acreditar 38 años y tres meses podrán retirarse hasta 24 meses antes, a los 63 años, cumpliendo con una serie de penalizaciones que dependerán de los años cotizados y los meses que quiera adelantar la jubilación. Estos coeficientes reductores van del 2,81% al 21%.
Por su parte, a la jubilación anticipada involuntaria pueden recurrir los trabajadores que han sido despedidos a través de un ERE en una empresa o han sufrido un despido objetivo. Con 33 años de cotización podrán adelantar la jubilación hasta cuatro años, cumpliendo con unas penalizaciones que van del 30% al 0,5%.
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