La nueva LeCrim abocará a los periodistas a pelear con la Fiscalía en el Constitucional por las filtraciones

Juan Carlos Campo
El ex ministro de Justicia, Juan Carlos Campo.

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim)deja en manos del fiscal la investigación. Pero más allá de ese cambio radical hay otro que afecta al ciudadano más profundamente, y es que, cuando entre en vigor la ley, serán los fiscales los que decidan qué caso es noticia y qué ‘papeles’ de ese caso se harán públicos. OKDIARIO ha querido saber qué pasará cuando el criterio del fiscal, que decida que algo no es noticia, choque con el criterio del periodista, que decida que sí. La respuesta, según fuentes conocedoras del anteproyecto de Ley del Ministerio de Justicia, es «que el periodista acuda al Tribunal Constitucional como se ha hecho en otras ocasiones o ante los tribunales».

Los ejemplos, que desde las fuentes cercanas al ministerio dirigido por Juan Carlos Campo se han puesto, son algunas de las situaciones más dantescas y lamentables de la censura a los periodistas en la historia reciente de España. Situaciones en las que la prensa se ha visto abocada a acudir al Tribunal Constitucional para defender el derecho a informar. Así, las fuentes han dicho que la prensa haga como cuando se quitó las acreditaciones para cubrir el juicio del 23-F, o cuando se quería prohibir dar imágenes para la ciudadanía de los juicios más relevantes, dos ejemplos de los intentos de censura más evidente de los últimos 40 años.

El problema con la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal es que desde el Ministerio de Justicia se pretende que, por ejemplo, con una causa ‘normal’, como por ejemplo el concurso de neveras Martínez, se tenga que acudir a los tribunales y finalmente al Tribunal Constitucional porque el fiscal que se encargue de la instrucción no vea que es noticia, hurtando así uno de los principios básicos de la libertad de información que no sólo es del periodista, sino de los 47 millones de españoles que pueden acceder a esa información amparados en el artículo 20 de la Constitución Española.

Dicho artículo recoge, literalmente, en su apartado 20.1.D que se reconocen y protegen los derechos «a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades». Y en el punto 2 de ese mismo artículo se dice que: «El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa».

Pero más allá de todo eso, la nueva LeCrim deja en agua de borrajas el propio Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que especifica en su artículo cuarto, apartado quinto, que hay que «informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan, siempre en el ámbito de su competencia y con respeto al secreto del sumario y, en general, a los deberes de reserva y sigilo inherentes al cargo y a los derechos de los afectados».

Y la instrucción 3/2005 que dice: «La publicidad del proceso también se configura como derecho fundamental y ello lleva a afirmar su posición preferente en el ordenamiento y correlativamente a interpretar restrictivamente las excepciones al principio general. Las eventuales restricciones habrán de fundamentarse en la protección de otro derecho constitucionalmente relevante, conforme al principio de proporcionalidad». Una instrucción que, en ningún momento otorga la capacidad de que un fiscal decida qué es o no es informativamente relevante.

Gabinetes de prensa

Pero si las fuentes han sido lapidarias con el choque de criterios entre fiscales y periodistas previstas en la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, más duras han sido con los actuales gabinetes de prensa que, hoy en día, son los de los tribunales superiores de justicia, la Audiencia Nacional y el Supremo en Justicia y la Policía Nacional, la Guardia Civil y las policías locales en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Preguntados por el cambio de criterio, que sólo permitirá que sean los fiscales, y sus futuros gabinetes de comunicación, quienes den información oficial, las fuentes conocedoras del anteproyecto de Ley basaron sus afirmaciones en que, según ellos, «no queremos regular la actividad periodística».

Para, acto seguido, hacer una crítica demoledora sobre los actuales gabinetes de comunicación. Sobre ellos han dicho: «Nuestra misión es establecer el cauce a partir del cual se va a producir una emisión de información en igualdad y con veracidad. Lo hará el fiscal a través de la oficina de prensa. Información a través de cauce oficial. Los periodistas accederán a sus fuentes igual, esa libertad del periodista está blindada. El objetivo es garantizar la igualdad y la veracidad. Se hará aportando claridad, es un cauce mucho más nítido que lo que hay actualmente».

Es esta última frase, la de «el objetivo es garantizar la igualdad y la veracidad. Se hará aportando claridad, es un cauce mucho más nítido que lo que hay actualmente», la que ha levantado ampollas entre los periodistas de gabinetes de comunicación consultados por OKDIARIO.

Desde esos gabinetes se preguntan si el actual Ministerio de Justicia cree que no se está haciendo el trabajo como corresponde o si, lo dicho, «es una mera excusa para coartar el acceso a la información de los medios de comunicación». Se preguntan los periodistas consultados que cuál es el criterio para afirmar que falta «claridad y nitidez, y que hay que garantizar la igualdad y la veracidad».

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