LEY MONTERO

La ley Montero rebaja un año y medio la pena a un ecuatoriano que violó a una amiga en Navarra

Irene Montero
Irene Montero.
Ángel Moya

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), gracias a la ley del sólo sí es sí, ha rebajado en un año y medio, de 7 años a 5 años y 6 meses, la pena de prisión de un ecuatoriano que en 2018 violó en Estella (Navarra) a una amiga la misma noche en la que estaba celebrando que iba a ser padre. El tribunal estima que las horquillas de pena de prisión establecidas por la Ley Orgánica 10/2022 son más favorables para el condenado.

En el caso enjuiciado, el solicitante fue condenado, por un delito de agresión sexual con penetración con la atenuante de intoxicación por consumo de bebidas alcohólicas, a siete años de prisión, por tanto, dentro de la mitad inferior de la pena señalada en ese momento para el delito (de 6 a 12 años). Su defensa, al bajar ahora la horquilla de pena del delito gracias a la ley Montero (de 4 a 12 años) solicitó la rebaja a 5 años haciendo las cuentas.

La Sección Segunda desestimó la solicitud el pasado mes de noviembre porque consideraba que las penas impuestas al principio se ajustaban a la nueva Ley. Sin embargo, ahora el Tribunal Superior de Navarra ha estimado el recurso del abogado y aceptan la rebaja para el condenado que violó a su amiga. 

Los hechos tuvieron lugar en marzo de 2018, a la salida de una discoteca en la que el acusado de 29 años celebraba su próxima paternidad. En un momento dado, el condenado se ofreció a acompañar a una amiga a casa.

Víctima y acusado se quedaron hablando en un portal y el condenado le ofreció a la mujer que subiera a su coche para calentarse. Una vez en el coche la llevó hasta un lugar apartado, y empezó a someter a la víctima a tocamientos mientras ésta intentaba quitárselo de encima recordándole que su mujer estaba en la fiesta e iba a ser padre. El agresor reaccionó sujetando las manos de la víctima con fuerza, le bajó el pantalón de un tirón y la violó repetidas veces en el coche mientras le practicaba sexo oral. El tribunal que lo condenó, aceptó la atenuante de actuar bajo los efectos del alcohol, pero creyó la declaración de la víctima «sólida y detallada», además de los informes periciales.

Otra reducción de pena

En otra resolución de los mismos magistrados del TSJN, la Sala de lo Civil y Penal ha confirmado una reducción de dos años en la pena de otro violador que ya había acordado la Audiencia de Navarra

La sentencia había rebajado de 9 años y un día a 7 años y un día, la pena impuesta por una violación con penetración al autor que además había sido condenado a 6 meses más de cárcel por un delito de malos tratos habituales.

El Tribunal Superior ha desestimado el recurso presentado por la acusación particular, al que se adhirió el fiscal. 

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