La Justicia tumba el fichaje biométrico de los funcionarios en Parla tras la denuncia de OKDIARIO
"Es un sistema de fichaje que afecta altamente a datos de índole personal del empleado" dice la magistrada
La Justicia ha dado la razón a un trabajador del Ayuntamiento socialista de Parla, que denunció al Consistorio de Ramón Jurado por obligarle a fichar para ir a trabajar utilizando datos biométricos.
Estos sistemas se basan en utilizar una variedad de datos, incluyendo huellas dactilares, reconocimiento facial, patrones de iris, y más. En una circular enviada por el alcalde de Parla a sus empleados, el Consistorio especificaba que, en este caso, se recogerán distintos puntos de la palma de la mano de los trabajadores municipales para después crear una secuencia alfanumérica y encriptarla mediante un algoritmo en una tarjeta.
Los trabajadores y los sindicatos mostraron su rechazo a esta medida en el mes de marzo impuesta por el alcalde socialista de Parla y que pensaba poner en funcionamiento en el mes de septiembre, tal y como avanzó OKDIARIO.
Uno de los empleados del Consistorio, llevó este asunto a los tribunales y ahora la justicia ha dictaminado «la suspensión provisional de la obligación del trabajador de utilizar el sistema biométrico de centro horario implantado por la demandada, pudiendo utilizar un sistema alternativo como el fichaje manual, tarjeta o control digital no biomecánico,» dice la sentencia.
El escrito añade que este mecanismo «exige una evaluación estricta de la necesidad y la proporcionalidad de los datos tratados y análisis de si la finalidad prevista podría alcanzarse de manera menos intrusiva para la intimidad del trabajador.»
«Existe una clara sospecha de posible vulneración del Derecho Fundamental a la salvaguarda de la intimidad del trabajador, siendo un sistema de fichaje que afecta altamente a datos de índole personal del empleado, existiendo otros sistemas de fichaje menos invasivos para la intimidad de los trabajadores». «Por todo ello, debo acordar la medida cautelar solicitada, por haber quedado acreditados los presupuestos esenciales para la adopción de la medida hasta la resolución del presente procedimiento,» añade la magistrada.
Desde el Ayuntamiento socialista se justifican diciendo que ellos no tendrán acceso a esos datos, sino que la tarjeta inteligente será entregada al empleado municipal, quien deberá custodiarla y velar por su conservación, en tanto se mantenga su relación laboral con el Ayuntamiento de Parla y debiendo ser devuelta cuando finalice la misma. En ese momento, «los datos de la tarjeta serán borrados», aseguran.
Protección de datos
En noviembre de 2023, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó la Guía sobre la utilización de datos biométricos para el control de presencia y acceso, en la que establece directrices claras para el uso de estos datos en el entorno laboral. En este documento, la AEPD subraya que los empleadores deben optar por sistemas de fichaje que no impliquen la recolección ni el tratamiento de datos biométricos de las personas empleadas.
Según el sindicato CCOO, como resultado de estas recomendaciones, el uso de huellas dactilares, así como otros sistemas de fichaje biométricos, queda fuera del marco legal en el contexto laboral.
Los datos biométricos han pasado de ser considerados datos de bajo riesgo a ser catalogados como datos de salud, lo que conlleva que, por ley, deben ser tratados con un nivel de protección alto. De acuerdo con la normativa vigente, cualquier tratamiento de datos biométricos se considera un «tratamiento de alto riesgo», ya que involucra categorías especiales de datos sensibles, ha explicado el sindicato Comisiones Obreras.
La AEPD también establece que, para que el tratamiento de datos biométricos con el fin de registrar la jornada laboral sea legal, los responsables del tratamiento deben contar con un marco normativo que autorice explícitamente este tipo de práctica. Es decir, debería existir una ley que permita el uso de información biométrica en el ámbito laboral, algo que actualmente no se contempla en la legislación española. Esta falta de un marco legal específico para el uso de datos biométricos en el control de la jornada laboral refuerza la posición de la AEPD en cuanto a la prohibición de su utilización.
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