Óscar Puente

La Junta Electoral ‘condena’ a Puente por el uso partidista de los nuevos trenes que llegarán a Galicia

Puente acudió a Vigo la víspera de los Reyes Magos en un viaje de prueba del tren Talgo

En la estación estaba Abel Caballero, alcalde de Vigo y el candidato socialista a la Xunta, José Ramón Gómez Besteiro

Junta Electoral Óscar Puente
Óscar Puente y Abel Caballero, en Vigo
Rafael Molina

La Junta Electoral de Galicia ha reconocido que el ministro de Transportes y Movilidad, Óscar Puente, y el alcalde de Vigo, Abel Caballero, ambos del PSOE, incumplieron la Ley Electoral al realizar un viaje experimental en un tren Talgo entre Madrid y Vigo y realizar declaraciones en las que ponían el valor los logros conseguidos en las infraestructuras en la comunidad autónoma.

El organismo encargado de velar por la limpieza de las elecciones gallegas ha estimado parcialmente una denuncia del PP y considera que las acciones que realizaron el ministro y el alcalde socialista incurrieron en prohibiciones de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

En concreto, la Junta Electoral de Galicia considera que los políticos del PSOE vulneraron los apartados 2 y 3 del artículo 50 de esa norma. Esos artículos hacen referencia a que desde la convocatoria de las elecciones y hasta su celebración queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a los logros obtenidos así como cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de estos.

El viaje se realizó el día 5 de enero, cuando el ministro de Transportes se desplazó desde Madrid hasta Vigo en un tren Talgo 106. Se trataba de un trayecto experimental en el que se probaban los convoyes que se pondrían en marcha en los próximos meses para reducir el tiempo del trayecto entre ambas ciudades.

Declaraciones espontáneas

Óscar Puente argumentó ante la Junta Electoral de Galicia que no se trataba de un viaje institucional y tampoco era estaba organizado por el Ministerio de Transportes y Movilidad y Sostenible. Además, se justificó diciendo que el objetivo de la travesía no era el de promocionar los logros políticos del Gobierno para influir en las elecciones gallegas.

Asimismo, el ministro de Transportes insistió en que no se había convocado a la prensa y que, si realizó unas declaraciones ante ella, fueron espontáneas y no habían sido guionizadas previamente.

Por su parte, el alcalde de Vigo, Abel Caballero, se defendió argumentando que su consistorio no convocó el acto y que tampoco se estaba inaugurando ningún servicio novedoso. Simplemente se trataba de un viaje de pruebas, argüía el regidor, así como un trayecto en el que aprovecharían para anunciar la llegada de los Reyes Magos a Vigo.

Otra de las razones que ha enumerado en su defensa es que en esas declaraciones no se solicitó que se depositase el voto a ninguna opción política. «Sólo se destacó la importancia que tiene la llegada de un nuevo modelo de tren para reducir los tiempos de desplazamiento entre Vigo y Madrid», puntualizó Caballero.

Viola el principio de neutralidad

La Junta Electoral de Galicia no condena que Puente se desplazara en un viaje experimental para probar la fiabilidad y la puntualidad de un servicio en pruebas. El organismo encargado de velar por la integridad del proceso electoral gallego reprueba a ambos políticos porque sí considera que existió el carácter institucional y electoralista en el acto posterior a la llegada del tren, donde el ministro de Transportes y el alcalde de Vigo se dirigieron a la prensa a realizar declaraciones.

La presencia de estos dos dirigentes junto al candidato del PSOE en Galicia y la asistencia de los medios de comunicación no es casual cuando queda apenas un mes para los comicios que tendrán lugar el 18 de febrero de 2024, concluyen desde la Junta Electoral de Galicia.

De las palabras que utilizaron Puente y Caballero, la Junta Electoral de Galicia extrae la conclusión de que sí que elogiaron los logros obtenidos en materia de infraestructuras con fines de promoción electoral del partido de cara a las próximas elecciones.

Por todo ello, la Junta Electoral de Galicia considera que se ha cometido una violación de los principios de neutralidad de los poderes públicos y de igualdad entre los actores electorales. Aun así, ha determinado no incoarles expedientes sancionadores.

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