Tribunales

La juez tumba la petición del hermano de Sánchez de echar a las acusaciones: «No es democrático»

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz permite personarse en el caso a la asociación Liberum

hermano pedro sánchez

La juez que instruye el caso sobre David Sánchez tumba el recurso de la defensa del hermano de Pedro Sánchez en el que pedía que se apartará Liberum, una de las acusaciones personadas en el procedimiento. La instructora Beatriz Biedma aceptó la personación, obligando a pagar fianza y esta decisión fue recurrida por la defensa del hermano de Pedro Sánchez, que ejerce el abogado Emilio Cortés. La instructora ha dictado un auto, fechado a 12 de septiembre, en el que defiende que «la acusación popular, como forma de participación ciudadana en la Administración de Justicia es una manifestación del principio democrático y debe ser entendida como un medio funcional para garantizar esa participación de los ciudadanos en el proceso penal». 

Nuevo varapalo de la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz que investiga al hermano de Pedro Sánchez por un presunto delito de malversación. La juez ya tumbó la pretensión de su defensa de que la Fundación Abogados Cristianos formará parte del procedimiento y, ahora, avala que también la Asociación Liberum siga. A lo largo de un documento de cinco hojas al que ha tenido acceso este periódico, la juez Beatriz Biedma explica que existe amplia jurisprudencia constitucional que permite la personación de acusaciones populares en los procedimientos judiciales de carácter penal. La resolución es firme y no cabe contra la misma recurso. Se ha dado traslado a la Fiscalía como es natural en este tipo de autos.

«La atribución de una amplia legitimación para que cualquier ciudadano pueda constituirse en parte activa o acusadora en el proceso penal significa el reconocimiento del papel que corresponde a lo que se ha dado en llamar la sociedad civil’, aquella que no forma parte de la estructura del poder político institucionalizado, en el ejercicio de la función jurisdiccional. Desde sus orígenes y, también hoy, el acusador popular es quien actúa quivis ex populo, sin haber sido perjudicado por el delito. La acción popular ha encontrado en los últimos tiempos un lugar, aparte de en los delitos que afectan a intereses subjetivos concretos, en la protección de los intereses colectivos y difusos», matiza la juez. 

Interés legítimo

Es importante recalcar que la asociación Liberum cumplió los requisitos exigidos por la ley para personarse en el caso sobre el hermano de Pedro Sánchez. Las exigencias que se piden a la acusación popular son que se presente una querella, que se abone una fianza —cuya cuantía fija el instructor— y que exista un mínimo interés legítimo en el hecho que se está investigando o que se quiere investigar. Precisamente este último punto fue el que recurrió la defensa David Sánchez, que señalo que Liberum «no tenía interés legítimo» en la causa.

«Analizando la documentación aportada por Asociación Liberum, consta como uno de sus fines en sus estatutos el de ‘promover, velar e instar el cumplimiento del ordenamiento jurídico en España’ y entre sus finalidades la de reclamar responsabilidades por las vulneraciones del ordenamiento jurídico vigente, y ello, en todos los ámbitos y órdenes», señala la juez. Y prosigue: «La única razón para denegar la pretensión de Asociación Liberum sería la de considerar, en base al artículo 11.2 de la LOPJ y según la doctrina y jurisprudencia aplicable, que la misma se ha formulado con manifiesto abuso de derecho o entrañando fraude de ley o procesal, lo que no concurre en el presente caso al no existir una discordancia absoluta o una completa falta de conexión entre sus fines y su personación como acusación popular y no apreciarse tampoco un conflicto de intereses entre sus objetivos y su actuación como acusación popular en la causa, por lo que procede la desestimación del recurso interpuesto».

Correos

La defensa del hermano de Pedro Sánchez ha ido recurriendo progresivamente todas las decisiones que tomaba la juez que dirige la investigación judicial. Una de las más relevantes fue que ofició a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil para que incautaran los correos electrónicos relativos a la contratación de David Sánchez en la Diputación de Badajoz. Los agentes de la UCO así lo hicieron y los políticos a los que se le intervinieron los buzones recurrieron la decisión, así como la defensa del propio hermano de Pedro Sánchez. La juez también ha tumbado esta petición.

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