El Gobierno debe cambiar la ley para limitar a los Mossos en conflictos como el referéndum ilegal
El trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en Cataluña ha sido complicado. El Gobierno debe cambiar la ley si quiere una mayor efectividad y, sobre todo, limitar la actuación de los Mossos en conflictos como el referéndum ilegal. Los agentes han tenido que superar numerosos problemas ante los instigadores del desafío secesionista por la inacción de los hombres dirigidos por Josep Lluís Trapero.
Un hecho que viene dado por diversos motivos. A tenor del contexto que vivimos, se hace imprescindible una explicación detallada. El modelo policial español es de una complejidad tal que su solo enunciado muestra las dificultades de coordinación:
-Un cuerpo estatal de naturaleza civil, la Policía Nacional
-Un cuerpo estatal de naturaleza militar, la Guardia Civil
-Cuatro policías autónomas: el cuerpo de Mozos de Escuadra, la Policía Autónoma Vasca–Ertzaintza, la Policía Foral de Navarra y el Cuerpo General de Policía de Canarias
-Más de 2.000 Cuerpos de Policía Local
Los recientes atentados en Barcelona y Cambrils han puesto de manifiesto la falta de unidad y coordinación en la lucha contraterrorista, apareciendo una policía autonómica, el Cuerpo de Mozos de Escuadra como único operador, si acaso auxiliado por la policía local. En el 1 de octubre, día del mal llamado referéndum por la independencia en Cataluña hemos visto la actuación de la Policía Nacional, Guardia Civil y Mozos de Escuadra. Recordemos que el Fiscal General del Estado, a propuesta del Ministerio del Interior, designó a un coronel de la Guardia Civil como coordinador de las operaciones relacionadas con el referéndum. Lo singular de la designación es que colocó a un coronel como coordinador de un jefe superior de Policía Nacional, de un general de división de la Guardia Civil y de un mayor de los Mozos de Escuadra.
Cualquiera que conozca la jerarquía de los cuerpos policiales entenderá que quizá no fue una designación muy afortunada. En España, la Ley Orgánica de 2/1986 Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es muy clara, comienza su articulado como sigue: Artículo 1 1. La Seguridad pública es competencia exclusiva del Estado. Su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Nación. 2. Las Comunidades Autónomas participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos que establezcan los respectivos Estatutos y en el marco de esta Ley. 3. Las Corporaciones Locales participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos establecidos en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local y en el marco de esta Ley. 4. El mantenimiento de la seguridad pública se ejercerá por las distintas Administraciones Públicas a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Los órganos de coordinación de las distintas FCS son el Consejo de Política de Seguridad a nivel nacional, las Juntas de Seguridad en comunidades con policía autonómica como Cataluña y las Juntas Locales de Seguridad. Esta Junta de Seguridad Autonómica fue convocada por el presidente de la Generalidad, Carles Puigdemont, con el objetivo claro precisamente de dificultar la coordinación, es decir, un fraude de ley claro e impune.
«La designación de Pérez de los Cobos no fue muy afortunada por parte de Interior».
¿Cabría imaginar que en los atentados de Londres alguna agencia dejase de colaborar con la Policía Metropolitana o que ésta rechazase su ayuda? ¿Qué en atentados en Alemania la policía del Lander no colaborase con la Federal? Por supuesto que no, porque el problema no es sólo el número de policías sino la lealtad institucional y la prioridad en la seguridad pública. En España se han utilizado las policías autonómicas como símbolos “nacionales” dotándolas de uniformidad y estructura completamente distinta a la Policía Nacional. ¿Cómo es la utilización simbólica en los países de nuestro entorno? Todo lo contrario de España, las distintas policías del Reino Unido, Alemania o Bélgica, entre otras, tienen un único uniforme y estructura en cada país, así el ciudadano sólo tiene que dirigirse a “la Policía”, sin preocuparse de quien dependa.
La pregunta es si se sacará alguna lección de la actual descoordinación policial en España, donde hay cuerpos que no respetan el reparto legal de competencias y donde los modelos son divergentes orientados en maximizar cuotas de poder y no convergentes hacia un servicio público único. Esperemos que de la desafortunada situación y falta de coordinación policial que se ha dado en Cataluña seamos capaces de sacar alguna línea de trabajo positiva respecto al modelo policial. El Estado tiene que asumir indiscutiblemente la coordinación ante situaciones de excepcional gravedad sin necesidad de ningún nombramiento por el Fiscal General. Tampoco podemos tener el modelo policial más complejo de Europa y unas policías civiles que parecen en sus uniformes y en sus estructuras de países diferentes. Nuestros ciudadanos no se merecen que se utilicen a las policías como armas políticas, la seguridad pública es algo mucho más serio.
*Eugenio Pino fue el anterior director adjunto de la Policía (DAO)
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