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Economía
Herencia

Casi nadie lo sabe pero una notaria experta manda un aviso a las parejas de hecho: la herencia te puede dar problemas

Hacerse  pareja de hecho es una opción cada vez más habitual. Muchas personas comparten vivienda, gastos, proyectos e incluso hipoteca sin dar el paso del matrimonio. A efectos prácticos, su día a día no es distinto al de un matrimonio. Sin embargo, cuando uno de los dos fallece, la realidad legal puede ser muy diferente a lo que imaginaban y de ello ha querido advertir ahora una experta dado que hay algo sobre la herencia que pocas parejas de hecho saben o tienen en cuenta.

La figura de la pareja de hecho ofrece reconocimiento administrativo y facilita trámites cotidianos. Permite acreditar convivencia y resolver cuestiones prácticas sin grandes complicaciones. El problema aparece cuando se entra en el terreno de la herencia. Ahí, el derecho civil no siempre responde como muchos creen. La notaria Cristina Clemente ha lanzado un aviso claro en un vídeo difundido en Instagram. Su mensaje es directo y tiene que ver con que muchas parejas de hecho descubren demasiado tarde que, sin planificación previa, el miembro superviviente puede quedarse sin nada. Y no es un caso aislado, sino una situación frecuente.

El aviso de una experta a las parejas de hecho sobre la herencia

Uno de los aspectos que más sorprende es que, en territorios de derecho común, la pareja de hecho no es heredera forzosa. Esto implica que, si la persona fallecida no hizo testamento, su compañero sentimental no tiene derecho automático a recibir parte del patrimonio.

Según explica Clemente, si no se ha dejado nada dispuesto, el miembro superviviente puede quedar completamente fuera del reparto. La ley establece un orden sucesorio en ausencia de testamento: primero los hijos, después los ascendientes y otros parientes. La pareja de hecho no figura en esa lista con carácter general. La diferencia con el matrimonio es clara. El cónyuge viudo sí cuenta con derechos sucesorios mínimos reconocidos por la ley. En cambio, años de convivencia como pareja registrada no garantizan por sí solos esa protección.

El tercio de libre disposición: una herramienta con límites

Cuando sí existe testamento, la situación puede cambiar. La ley permite que el testador disponga libremente de una parte de su herencia, conocida como el tercio de libre disposición. Esa parte puede destinarse a quien el fallecido decida, incluido el miembro de su pareja de hecho. Es la vía más habitual para proteger al compañero sentimental en comunidades donde no existe equiparación con el matrimonio.

No obstante, el margen no es absoluto. Debe respetarse la legítima de los hijos, que la ley protege de forma obligatoria. Por tanto, no puede dejarse todo el patrimonio al superviviente si existen descendientes. La planificación exige conocer bien estos límites.

En algunas comunidades sí hay equiparación

El panorama sin embargo, no es el mismo en todo el territorio. En determinadas comunidades autónomas, la normativa propia equipara los derechos sucesorios de la pareja de hecho a los del cónyuge. En esos casos, el superviviente puede recibir parte de la herencia incluso sin testamento, pero como decimos, depende de la legislación civil aplicable en cada territorio, de modo que conviene estar bien informado.

Fórmulas jurídicas para ordenar el futuro de los bienes

Además del tercio de libre disposición, existen mecanismos que permiten organizar mejor el reparto. Uno de ellos es la sustitución fideicomisaria, una figura que la notaria menciona como opción en determinados casos.

Este sistema permite que una persona disfrute de ciertos bienes durante su vida, pero establece quién los recibirá después. Por ejemplo, se puede permitir que la pareja use la vivienda mientras viva y fijar que, tras su fallecimiento, pase a los hijos del testador. De esta manera se protege al compañero sentimental sin perder el control sobre el destino final del patrimonio. Es una solución que requiere asesoramiento profesional para evitar conflictos futuros.

El testamento sigue siendo clave

La conclusión es que el testamento es el instrumento básico para evitar problemas. Sin ese documento, la ley aplica el orden sucesorio previsto, que puede dejar fuera a la pareja de hecho. Por ello, hacer testamento no elimina todas las restricciones legales, pero sí permite adaptar el reparto a la voluntad del fallecido dentro de los márgenes permitidos. Los miembros de la pareja pueden designarse herederos en la parte disponible y organizar la transmisión de bienes de forma más acorde a su situación.

Un detalle que muchos no tienen en cuenta

Incluso cuando se deja al compañero el tercio de libre disposición en plena propiedad, conviene pensar en el futuro. Si el superviviente recibe un bien como propietario pleno, podrá venderlo, donarlo o incluirlo en su propio testamento. Eso significa que esos bienes pueden acabar en manos de personas sin vínculo familiar con quien los dejó en herencia. Es un escenario legalmente posible que muchas parejas no valoran al hacer su planificación.

El aviso de la notaria no busca alarmar, sino prevenir. La pareja de hecho es una figura reconocida, pero no siempre ofrece la misma protección sucesoria que el matrimonio. En materia de herencias, confiar en que «todo quedará en casa» puede ser un error. La previsión y el asesoramiento jurídico marcan la diferencia.