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Tribunales

Un agresor sexual ve su pena reducida en dos años gracias a la Ley del ‘sólo sí es sí’ de Irene Montero

Como ya habían advertido numerosos juristas, la Ley del ‘sólo sí es sí’, promovida por la ministra Irene Montero, ya se ha cobrado su primera víctima, al haber reducido la Audiencia Provincial de Madrid la pena a un condenado por agresión sexual a una menor de 8 a 6 años de cárcel en aplicación del principio constitucional de aplicación del principio de retroactividad de la norma penal más favorable al reo.

La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como Ley del ‘sólo sí es sí’, que entró en vigor el pasado 7 de octubre, reformó el tipo penal para que los ocho años de cárcel con los que se penaban los abusos quedaran en seis años de prisión por agresión sexual, el nuevo delito en el que ahora se subsumen tanto las antiguas agresiones como los abusos.

Por ello la Audiencia Provincial de Madrid ha acordado, a petición del abogado de la víctima -una menor de 14 años, hijastra del condenado-, reducir en  dos años la condena que le impuso el año pasado.

Cuando la ley obtuvo luz verde en el Congreso, Podemos aseguró que se dejaría «atrás la cultura de la violación» para «construir una verdadera cultura del consentimiento». «Hoy vamos a cambiar la violencia por la libertad y el miedo por el deseo», aseguraron entonces. Lo que no explicaron es que su ley supondría una rebaja en las penas de los delitos más graves.

La reducción de pena acordada por la Audiencia Provincial, adelantada por El Mundo, entra en colisión con las reiteradas declaraciones de los altos cargos del Ministerio de Igualdad como la delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell, o la secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez «Pam», en el sentido de que esto «nunca iba a suceder». Desde Igualdad se calificó como «propaganda machista» las advertencias de jueces, académicos y letrados del riesgo de que, lo que hoy certifica una sentencia, iba a suceder.

La solicitud de rebaja de la pena ha sido apoyada por el Ministerio Fiscal , recordando el tribunal  que la reforma promovida por Irene Montero establece en delitos contra la libertad sexual la pena mínima de seis años de prisión y eso implica que «procede la revisión en el sentido interesado por el penado».