Giro en la incapacidad permanente: el Tribunal Supremo confirma el cambio en España
El Tribunal Supremo ha dictado un nuevo cambio con la incapacidad permanente
El Tribunal Supremo ha cambiado el paradigma en lo que tiene que ver con la pensión de incapacidad permanente tras reconocer el derecho al subsidio a un trabajador que había agotado su baja por incapacidad temporal y se le había denegado la permanente. El Alto Tribunal dictó sentencia a favor de este empleado pese a que no habían transcurrido 180 días para obtener una nueva baja médica y generar otro derecho a la prestación. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la sentencia del Tribunal Supremo con la incapacidad permanente.
Esta sentencia del Tribunal Supremo atañe a lo que dice el artículo 147.1 de la Ley General de la Seguridad Social, que hace referencia a la extinción del derecho al subsidio, que en caso de la incapacidad temporal «se extinguirá por el transcurso del plazo máximo de quinientos cuarenta y cinco días naturales desde la baja médica; por alta médica por curación o mejoría que permita al trabajador realizar su trabajo habitual o por ser dado de alta el trabajador con o sin declaración de incapacidad permanente».
«Cuando, iniciado un expediente de incapacidad permanente antes de que hubieran transcurrido los quinientos cuarenta y cinco días naturales de duración del subsidio de incapacidad temporal, se denegara el derecho a la prestación de incapacidad permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de su inspección médica, será el único competente para emitir, dentro de los ciento ochenta días naturales posteriores a la resolución denegatoria, una nueva baja médica por la misma o similar patología. En estos casos se reanudará el proceso de incapacidad temporal hasta el cumplimiento de los quinientos cuarenta y cinco días, como máximo», dice la norma.
Estos son los puntos en los que se enmarca este caso de un trabajador que había agotado el plazo de 545 días por una baja por «ansiedad» y que, tras ser rechazada su incapacidad permanente, le fue otorgada otra baja médica antes del periodo de 180 días que marca la ley. Por ello, la Seguridad Social denegó su acceso a la prestación, lo que hizo que el trabajador llevara el caso a los tribunales, donde el Tribunal Supremo ha acabado dictando sentencia y cambiando la jurisprudencia con respecto a la incapacidad permanente.
El Tribunal Supremo y la incapacidad permanente
Tras presentar las pertinentes reclamaciones, el Juzgado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia de Murcia dieron la razón a la Seguridad Social, alegando que no había pasado el tiempo de carencia de 180 días tratándose de la misma enfermedad. Por ello, el caso ha acabado en el Tribunal Supremo, que en su sentencia (STS 3535/2023) ha sentenciado que la denegación fue incorrecta y reconoce al trabajador su derecho al subsidio aunque no haya pasado el tiempo de carencia.
El motivo que alega el Tribunal Supremo es que va contra la lógica de esta normativa dejar al trabajador sin ingresos cuando sigue enfermo y no tiene el alta médica, que en este caso había sido certificada bajo criterios médicos. Por ello consideran que esta denegación no puede ser automática y el trabajador debe ser protegido con la incapacidad temporal aunque haya superado el límite de 18 meses que establece la Ley General de la Seguridad Social.
Esto supone un cambio a gran escala por parte del Tribunal Supremo con respecto a la incapacidad permanente, ya que cualquier trabajador que mantenga la baja médica alegando la misma enfermedad podrá disponer del subsidio aunque no hayan pasado los 180 días de carencia que dicta la Ley General de la Seguridad Social.
Lo último en Economía
-
Kiki, albañil con más de 20 años de experiencia: “No hay jóvenes en la construcción porque la generación nueva es la generación ni-ni que no quiere ni estudiar ni trabajar”
-
Iryo pide a la Agencia de Seguridad Ferroviaria limitar a 40 km/h la velocidad cuando falle el sistema LZB
-
Clientes de Binance retiran más de 4.200 millones tras un ciberataque a la plataforma
-
Es oficial y está confirmado por la Seguridad Social: a partir del 25 de diciembre se devolverán los años cotizados a los trabajadores que empezan a cotizar antes del INSS
-
El incremento de los costes lleva a Ryanair a reducir un 15% el beneficio en su primer semestre fiscal
Últimas noticias
-
Una avioneta se estrella en México y deja al menos dos muertos
-
Qué son las elecciones de ‘midterms’ en EEUU: significado, historia y por qué importan tanto
-
Un accidente múltiple en la A-2 deja 18 heridos en Barcelona, uno de ellos grave
-
Kiko Rivera desvela el momento más angustioso de su segundo ictus: «Cuando bajé del avión andaba como El Langui»
-
Jornada 11 de la Liga: resumen de todos los partidos