Isabel Celaá preside la Comisión de Ética del PSOE

La portavoz del Gobierno avala que una alcaldesa canaria acusada de corrupción siga en el PSOE

El documento firmado por la ministra portavoz Isabel Celaá que establece no expulsar del PSOE a la alcaldesa y al concejal acusados de corrupción
El documento firmado por la ministra portavoz Isabel Celaá que establece no expulsar del PSOE a la alcaldesa y al concejal acusados de corrupción

La Comisión de Ética y Garantías del PSOE, que dirigen una ministra y un alto cargo del Gobierno de Pedro Sánchez, defiende que una alcaldesa de Tenerife que irá a juicio por corrupción no debe dimitir ni ser expulsada del partido. El Código Ético del PSOE establece que los cargos públicos en esa situación deben hacerlo, pero este órgano de arbitraje se escuda en que «no ha habido enriquecimiento». Los dos altos cargos del  Ejecutivo en esa comisión de Ferraz son la ministra de Educación y portavoz Isabel Celaá, y el secretario de la presidencia del Gobierno, Félix Bolaños.

Se trata del caso de Fidela Velázquez, alcaldesa de la localidad canaria de San Juan de la Rambla, para la que la Fiscalía pide 10 años de inhabilitación por pagos irregulares a afines del PSOE local y cuyo juicio está a punto de tener fecha. Pero Ferraz entiende que, tras estudiar los informes aportados por la acusada y por el propio partido en Tenerife, no debe dimitir.

«No procede su expulsión»

La resolución firmada por la presidenta de esta comisión y portavoz de Sánchez, la ministra Celaá, y a la que OKDIARIO ha tenido acceso, se emitió el pasado 24 de abril de 2018, e incluye la rúbrica del secretario Félix Bolaños. Es la respuesta del partido a la acusación de Velázquez y de su concejal de Hacienda, Cayetano Silva.

Resolución de la Comisión Federal de Ética del PSOE firmada por Isabel Celaá y Félix Bolaños.
Resolución de la Comisión Federal de Ética del PSOE firmada por Isabel Celaá y Félix Bolaños.

Ambos están acusados de delitos de prevaricación continuada (ha quedado fuera el de malversación) por la Fiscalía, que solicita inhabilitación especial para ambos, diez años para la regidora y ocho para su mano derecha. Se sentarán en el banquillo tras quedar acreditados pagos irregulares: de una indemnización prescrita de 4.200 euros a un aparcero próximo al PSOE local, así como de gratificaciones sin justificar a 16 trabajadores del consistorio. Un dinero entregado sin facturas ni requerimientos.

Escrito acusatorio de la Fiscalía y por el que se solicita la apertura de juicio oral contra la alcaldesa del PSOE en San Juan de la Rambla (Tenerife)
Escrito de la Fiscalía y por el que se solicita la apertura de juicio oral

Tanto el artículo 5.2 del Código Ético del PSOE como el Reglamento de desarrollo de los estatutos aprobado el pasado febrero por Sánchez y su equipo se refieren a la dimisión y suspensión de militancia de cargos públicos del partido.»Cualquier cargo público u orgánico del PSOE al que se le abra juicio oral por un procedimiento penal dimitirá de su cargo en el mismo momento en el que se le dé traslado del auto de apertura del mismo y solicitará la baja voluntaria. En caso contrario, será suspendido cautelarmente de militancia y, en su caso, expulsado del partido» dice el artículo.

Contra el CGPJ

El Reglamento concreta que para dimitir ha de ser por delitos como los «ligados a la corrupción». Pero no cita en ningún momento que deba haber o no enriquecimiento. Y en ese resquicio se ha amparado la Comisión Federal de Ética y Garantías, que concluye que Velázquez no debe ser expulsada del partido ni dejar el cargo: «A la vista de la documentación aportada, no procede la expulsión ya que no pesa ninguna acusación de enriquecimiento , por lo que no estaríamos en presencia de un delito vinculado con la corrupción». Ello aunque a continuación el PSOE se cubra la espaldas y pida se informe a la comisión de «cualquier novedad procesal».

De esta forma, el PSOE contradice la consideración del delito de prevaricación de funcionarios públicos que ha subrayado el Consejo General del Poder Judicial como «delito relacionado con la corrupción» según establecen los artículos 404, 405 y 408 del Código Penal. Y ello aunque no conlleven un beneficio económico personal, como ha sostenido Velázquez en la documentación enviada a Ferraz desde la Ejecutiva Insular socialista en Tenerife. El propio Pedro Sánchez pedía hace unos días «ejemplaridad» en el desempeño de sus ministros.

Los hechos por los que la alcaldesa y dos de sus concejales (hay imputado un tercero, entonces edil de Obras Públicas) se remontan al 23 de noviembre de 2012, cuando la regidora y su responsable de Hacienda votaron a favor de ese pago «con pleno conocimiento de que eran contrarios a derecho» e ignorando el informe negativo del secretario municipal. Meses después, en febrero de 2013, Velázquez repitió la misma maniobra saltándose los controles legales para repartir una paga de 300 euros a  16 operarios del ayuntamiento.

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