Una quincena de recursos sobre Cataluña estaban paralizados

El TC reactiva los recursos del 155 y de la investidura de Puigdemont al constituirse el Govern

Govern
Acto de toma de posesión de los consellers de Quim Torra. (Foto: EFE)

El Tribunal Constitucional ha reactivado esta semana la tramitación de los recursos sobre la aplicación del artículo 155 y la investidura telamática de Carles Puigdemont tras la constitución del nuevo Gobierno de la Generalitat de Cataluña presidido por Quim Torra.

Según las fuentes consultadas por OKDIARIO, el Alto Tribunal ha remitido en estos últimos días al menos 15 providencias a la Generalitat para dar audiencia al Ejecutivo catalán y que pueda presentar sus correspondientes alegaciones sobre una quincena de recursos paralizados, tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución después de que el Ejecutivo de Carles Puigdemont aprobara la Declaración Unilateral de Independencia en el Parlamento catalán.

Entre los recursos que han sido reactivados, se encuentran precisamente los referentes a la aplicación del artículo 155 o el concerniente a la investidura telemática de Puigdemont. La docena restante son recursos de amparo o competenciales relacionados con Cataluña. De esta forma, se continúa con la tramitación normal tras muchos meses de incertidumbre en esta Comunidad Autónoma.

Las mismas fuentes consultadas apuntan que la Generalitat dispondrá de un plazo de 15 días para presentar sus alegaciones correspondientes. No obstante, no se descarta que el Gobierno catalán solicite una prórroga para poder dar contestación a la quincena de recursos pendientes.

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, desbloqueaba el pasado 29 de mayo la formación del Govern en Cataluña al sustituir a los consellers huidos o encarcelados elegidos inicialmente, cumpliendo así con las condiciones del Gobierno que presidía Mariano Rajoy para terminar con la aplicación del artículo 155.

Torra sustituía a los fugados y a los presos Jordi Turull, Josep Rull, Toni Comín y Lluís Puig, por Elsa Artadi en Presidencia y portavocía,  Ángeles Chacón en Empresa, Alba Vergés para Salud, Damián Calvet para Territorio y Laura Borràs para Cultura.

Tribunal Constitucional
Sede del Tribunal Constitucional.

El pasado 27 de enero el Tribunal Constitucional dictaba por unanimidad una providencia en la que prohibía expresamente que Carles Puigdemont fuera investido presidente de la Generalitat telemáticamente o por delegación (es decir, representado por otro diputado).

En su resolución, los magistrados advertían que “no podrá celebrarse el debate y la votación de investidura del diputado don Carles Puigdemont i Casamajó como candidato a Presidente de la Generalidad a través de medios telemáticos ni por sustitución por otro parlamentario”.

Del mismo modo, el TC rechazaba expresamente que Puigdemont y los cuatro exconsellers que permanecen en Bruselas, huidos de la Justicia, delegaran su voto en la sesión de investidura: “Los miembros de la Cámara sobre los que pese una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión no podrán delegar el voto en otros parlamentarios”.

Los recursos sobre el artículo 155

El  7 de febrero, el pleno del Tribunal Constitucional admitía a trámite el recurso presentado por la Mesa del Parlamento catalán contra la aplicación del artículo 155 de la Constitución española que disolvió el Gobierno de la Generalitat presidido por Carles Puigdemont y convocó elecciones autonómicas.

En su resolución, el Tribunal acordaba dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, así como a la Generalitat de Cataluña, sobre esta admisión a trámite para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.

El Constitucional dejaba en suspenso el plazo de personación y formulación de alegaciones para la Generalitat “con el fin de evitar un conflicto en la defensa de los intereses del Estado y de la Comunidad Autónoma de Cataluña”. El citado plazo quedaría suspendido durante el tiempo en que, en virtud de las medidas aprobadas el 27 de octubre, el Consejo de Ministros ejerciera las funciones y competencias que corresponden al Gobierno catalán.

El primer recurso presentado contra la aplicación del 155 fue presentado el pasado 4 de diciembre por En Común Podemos “por dignidad democrática”, al considerar que esta medida sobrepasó las previsiones de la Constitución, que según su criterio, no permite ni la disolución del Govern, ni la convocatoria de elecciones.

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