Si tienes hijos menores de 26 años la Seguridad Social lanza un importante aviso para ti
Tienes que leer esto si tienes hijos menores de 26 años.
La Seguridad Social es uno de los grandes tesoros de España, ya que aunque en muchas ocasiones haya quejas sobre su funcionamiento, es una suerte tener un sistema de salud por el que no hay que pagar un ojo de la cara cada vez que lo utilizas, como por ejemplo en Estados Unidos. Te contamos el importante aviso de la Seguridad Social para quienes tienen hijos menores de 26 años, ¡toma nota por si te afecta!
Así están los hijos menores de 26 años en la Seguridad Social
Interesante, y muy importante, el aviso lanzado por la Seguridad Social con respecto a los padres y madres con hijos menores de 26 años, edad a partir de la cual se entiende que los hijos ya no están a cargo de sus progenitores y «vuelan» con su propia Seguridad Social. Sin embargo, antes de cumplir esa edad hay que tener en cuenta una situación específica que puede resultar muy importante.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), a través de su cuenta de Atención a la Ciudadanía, ha resuelto en Twitter una duda muy común que suelen tener muchas familias: ¿qué sucede con la Seguridad Social cuando los hijos son menores de 26 años y no trabajan?. El INSS se refiere directamente a la Ley General de la Seguridad Social, normativa legal por la que se rigen la gran mayoría de sus decisiones.
En la mencionada ley se deja claro que cualquier descendiente de una madre o padre con nacionalidad o residencia española siempre estará protegido con asistencia pública sanitaria si es menor de 26 años y no está trabajando, algo que cualquier persona puede hacer legalmente en España a partir de los 16 años.
Antes de que los hijos cumplan 26 años es posible que consigan trabajos y comiencen a cotizar por su cuenta, siendo en ese momento cuando se entiende que el derecho a la asistencia sanitaria gratuita la disfruta ya de forma individual y no como parte de una familia. En cambio, cuando hay casos de inactividad y no se forma parte del mercado laboral, los hijos no quedan desprotegidos, ya que vuelven a recuperar la condición de ‘familiar a cargo’ con sus progenitores para tener el alta conjunta.
Con todo lo anterior queda claro que, mientras el hijo sea menor de 26 años, siempre va a tener derecho y garantía de formar parte de la Seguridad Social como beneficiario de sus progenitores: “si continúa viviendo a cargo de sus padres o de uno de los progenitores o tutores legales, puede volver a tener derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario”.
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