Ayudas públicas

Requisitos para acceder a las ayudas del gobierno para pagar el alquiler

El Real Decreto de medidas urgentes aprobadas por el gobierno con motivo de la crisis del coronavirus está destinado a ayudar económicamente a aquellos más vulnerables.

RAyuda al alquiler en Andalucía: Requisitos y cómo puedo solicitarla
Ayuda al alquiler en Andalucía: Requisitos y cómo puedo solicitarla

El Real Decreto de medidas urgentes aprobadas por el gobierno con motivo de la crisis del coronavirus está destinado a ayudar económicamente a aquellos más vulnerables. Para aquellas personas que no han podido trabajar durante estos días de confinamiento y que cumplan con unas condiciones. Aquellas familias que se deban acoger a una moratoria y a los microcréditos del ICO y se encuentren en situación de no poder devolver el préstamo, dispondrán, además, de una ayuda extra que puede ser de hasta 900 euros al mes.

Qué se necesita para acceder a las ayudas para pagar el alquiler

  • El gobierno confirma que existe la opción de moratoria con condiciones, dependiendo de quién es el propietario del piso. Si es una empresa o un gran tenedor (tiene más de 10 inmuebles urbanos) se podrá prolongar hasta 4 meses la demora del pago de alquiler. El arrendatario podrá recibir una rebaja del 50% de las cuotas o fraccionar el pago de la deuda durante 3 años, sin intereses. Si se trata de un particular se buscará un acuerdo entre ambos, una condonación, rebaja o fraccionamiento.
  • Se podrá solicitar un ICO. En caso de estar afectado por un ERTE o haber reducido su jornada, además de no superar los 1.613,52 euros de ingresos en la unidad familiar. Los gastos superen el 35% de los ingresos. Estas ayudas se deberán destinar exclusivamente al pago del alquiler no pueden destinarse a otro uso. Los préstamos tienen un año de carencia, a partir del segundo año se empiezan a pagar con una duración total de 6 años ampliables hasta 10.
  • En caso de no que no pueda pagar los créditos el gobierno pondrá en marcha una ayuda de hasta 900 euros o el pago del alquiler total. Según publicado en el BOE: “hasta el 100% de la renta arrendaticia o, en su caso, de hasta el 100% del principal e intereses del préstamo que se haya suscrito con el que se haya satisfecho el pago de la renta de la vivienda habitual”. Esta medida la deberán aplicar las distintas comunidades autónomas en aquellos casos en los que una vez haya pasado la crisis del coronavirus las familias sigan sin poder hacer frente a los gastos.

Si se cumplen algunos de estos requisitos se deberá presentar toda la documentación necesaria para acceder a esta línea de ayudas para el alquiler. De esta manera se podrá hacer frente a uno de los pagos más importantes, el de la vivienda.

Lo último en Economía

Últimas noticias