Economía

Estas son las nuevas ayudas para el alquiler durante el estado de alarma

Nuevas medidas benefician a quienes no pueden pagar el alquiler a causa del estado de alarma

ayudas para el alquiler
Nuevas medidas benefician a quienes no pueden pagar el alquiler a causa del estado de alarma

El último Consejo de Ministros ha establecido diferentes ayudas para el alquiler que estarán disponibles durante el estado de alarma pero que han generado mucha polémica entre los ciudadanos por sus características.

Se calcula que más de medio millón de familias no van a poder hacer frente al pago de alquiler de su vivienda durante los próximos meses a causa del estado de alarma, que en la mayoría de los casos ha supuesto la pérdida del trabajo por tiempo indefinido.

¿Cuáles son las ayudas para el alquiler durante el estado de alarma?

  1. Desahucios: quedan paralizados todos los desahucios que se puedan generar por el impago del alquiler durante seis meses a partir de la entrada en vigor del estado de alarma.
  2. Renovación: los contratos de alquiler de vivienda habitual que venzan en los tres meses siguientes a la entrada en vigor del estado de alarma serán renovados automáticamente por otros seis meses.
  3. Microcréditos: estarán disponibles microcréditos públicos sin intereses para poder cumplir con el pago de las rentas, los cuales deberán ser devueltos en un plazo de seis años que puede ser ampliable a diez. Estará disponible para inquilinos de caseros que tienen menos de 10 inmuebles en alquiler en el mercado.
  4. Deuda: en el caso de inquilinos que están en situación de vulnerabilidad y no pueden pagar la renta de ninguna manera hasta después de la crisis, el Estado se hará cargo de la deuda por un importe de hasta 900 euros al mes, además de 200 euros de suministros y mantenimiento.
  5. Moratoria: aquellos inquilinos residentes en viviendas de propietarios con más de 10 viviendas, fondos de inversión o entidades bancarias podrán tener una moratoria en el pago del alquiler durante un máximo de 4 meses. Las cuotas deberán abonarse de forma prorrateada en un periodo máximo de tres años, sin poder cobrarse intereses.

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