Palo a los ‘okupas’: los jueces sentencian que los propietarios de la vivienda pueden cortar estos suministros
Los jueces de Barcelona han tomado una decisión contra los okupas que puede sentar un precedente


Los jueces de Barcelona han tomado una decisión sobre los okupas que puede sentar jurisprudencia en el resto de España. En la comunidad autónoma en la que más delitos de allanamiento de morada y usurpación se produjeron en España en 2024, han tomado la decisión de que cortar los suministros básicos a los okupas no sea constitutivo de delito. Esta decisión puede marcar un antes y un después ante el problema de la okupación en España. En este mes de abril también llegan los desahucios exprés que tanto el PSOE como Podemos y Sumar intentaron frenar en su día.
Abril se presenta como un mes que puede marcar un antes y un después en lo que respecta a la okupación en España. Los okupas siguen siendo un problema de nuestro país, pese a que desde el Gobierno intenten correr un tupido velo con un mal que afecta a cientos de miles de propietarios repartidos por toda España. Incluso en el último decreto ómnibus se incluyó una cláusula para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad con menores a cargo. Todo ello mientras los casos de okupación siguen aumentando en España año tras año.
En el pasado 2024 se contabilizaron en España 16.400 casos de usurpación y allanamiento de morada, siendo la tercera cifra más alta desde que el Ministerio del Interior contabiliza estas denuncias. Hay que tener en cuenta que aquí sólo se cuentan las denuncias realizadas ante las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado. Aún así, el crecimiento fue del 7,4% respecto a 2023, fecha en la que se contabilizaron 15.289 casos.
Cataluña es la comunidad autónoma de España en la que más delitos de usurpación y allanamiento se produjeron, con un total de 7.009 casos, el 42% de los ocurridos en el país. Andalucía (2.207), Comunidad Valenciana (1.767) y Madrid (1.451) le siguen en esta clasificación que deja claro que dato mata relato y que, pese a que desde el Gobierno lo cataloguen como «bulo» o «desinformación», nuestro país tiene un problema con los okupas mientras las medidas que llegan desde la Moncloa siguen siendo laxas.
La decisión de los jueces con los okupas
Ante la inoperancia del Gobierno y vistos los problemas que hay en Cataluña, los magistrados de las Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Barcelona han tomado una medida que puede sentar jurisprudencia en el resto de España. En una reunión del pasado 7 de marzo, estos jueces unificaron criterios en los casos de usurpación de inmuebles y allanamiento de morada.
Los jueces de Barcelona llegaron a un acuerdo para que el corte de los suministros básicos a los okupas por parte de los propietarios no sea constitutivo de delito, como sí lo era hasta ahora. «En caso de que el titular de una finca (en régimen de propiedad o cualquier otro título que habilite su uso) ocupada o que ha sido objeto de allanamiento de morada no mantenga el alta de los suministros o el abono de los mismos, no será constitutivo de un delito de coacciones», refleja el documento sobre el acuerdo de unificación de criterios que cita El Economista.
Llegan los desahucios exprés
Esta decisión de los jueces de Barcelona puede marcar un antes y un después en lo que tiene que ver con la okupación en España. Este próximo 3 de abril, salvo cambio drástico ‘a lo Pedro Sánchez’ de última hora, entrará en vigor la norma sobre los desahucios exprés que ya fue aprobada en el Congreso y publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado mes de mayo.
Esta enmienda, que es una iniciativa impulsada por el PNV y seguida por el Partido Popular o Junts, modifica el artículo 795.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que los delitos de allanamiento de morada (artículo 202 del Código Penal) y usurpación (artículo 245 del Código Penal) se resuelvan mediante juicios rápidos. Así que, pese a que PSOE, Sumar y Podemos votaron en contra de esta norma en el Congreso de los Diputados, ahora, una vez que estos delitos entren en causa judicial, se resolverán en un plazo de 15 días.
Esto no afectará a la famosa inquiokupación, la práctica de moda a día de hoy por los okupas, que se da cuando un inquilino deja de pagar un alquiler y permanece en la vivienda. Esto provoca grandes dificultades a los propietarios y más cuando el arrendatario, que no paga, está en situación de vulnerabilidad con menores a su cargo.