Palo del INSS a los jubilados: está bajando la pensión de jubilación por estas razones
Algunos jubilados pueden ver como baja su pensión por el complemento a mínimos
La Seguridad Social permite a más de un millón de jubilados que no llegan a la pensión mínima superar el límite establecido gracias al complemento a mínimos. Para acceder a esta ayuda hay que cumplir con una serie de requisitos, siendo el más importante no tener otras rentas que superen los 9.193,00 euros al año. El INSS puede retirar la parte de la pensión correspondiente y reducir el ingreso de los jubilados que no cumplan con estos requisitos. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el complemento a mínimos que ofrece la Administración para los pensionistas.
Según los datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, 2,1 millones de personas en toda España reciben el complemento a mínimos, siendo 1,2 millones los beneficiarios de una pensión de jubilación. Esta ayuda está destinada a las personas cuyas pensiones de jubilación no llegan a las cuantías mínimas establecidas por el Gobierno para este 2025. Para los mayores de 65 años, la mínima fijada en caso de tener cónyuge a cargo está fijada en 15.786,40 euros anuales (1.127,60 euros al mes), 12.241,60 euros (874,40 al mes) para los que no tienen cónyuge y los que tienen cónyuge no a cargo; su pensión mínima será de 830,00 euros al mes, lo equivalente a 11.620 euros al año.
Así que las personas que no lleguen a esta cantidad mínima podrán recibir el complemento a mínimos para llegar a este límite siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Estos son los siguientes:
- Tener reconocida una pensión cuya cuantía no alcance la cantidad mínima.
- No percibir rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales superiores al límite de ingresos establecido en función de su situación familiar.
- Residir en territorio español, sin perjuicio de lo que al respecto establezca la normativa internacional aplicable.
Baja la pensión de los jubilados
«Los complementos por mínimos serán incompatibles con la percepción por el pensionista de rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el IRPF y computados conforme a lo establecido en el artículo 59 LGSS, cuando dichas rentas excedan de 9.193,00 euros al año». Esto dice la Seguridad Social sobre una de las particularidades de este complemento a mínimos, que será eliminado cuando se superen estas cantidades.
Esto hará que se reduzca la pensión para los jubilados que no cumplan con estos requisitos de ingresos. Hay que tener en cuenta que esto nunca repercutirá en la pensión contributiva, sino que el pensionista en cuestión dejará de ingresar la cantidad correspondiente al complemento a mínimos. Así que, en el caso de ingresos computables, si las rentas del trabajo, del capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales superan los 9.193 euros si no se tiene cónyuge a cargo, o 10.723 euros si se tiene cónyuge a cargo, se retirará este complemento a mínimos. Esto se puede dar en los casos, por ejemplo, de los beneficiarios de una pensión de jubilación que no llegan a la mínima y que obtienen unos determinados rendimientos por el arrendamiento de un piso.
En este caso, las personas que sean beneficiarias de una pensión de jubilación tendrán que poner en conocimiento de la Seguridad Social los posibles rendimientos, tanto en la actualidad como los que tienen previstos para el resto del año. Esta acción se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el portal Tu Seguridad Social o sin certificado digital, pero con identificación segura en la plataforma para trámites on-line sin certificado. Por último, pueden comunicarlo por correo postal por medio de este formulario.
Para acreditar las rentas e ingresos, la Seguridad Social podrá requerir a los jubilados una declaración de todos los ingresos percibidos durante el año, así como la declaración de todos los bienes patrimoniales y también las declaraciones tributarias presentadas durante el curso en el que se ha cobrado el complemento a mínimos. Las personas que no superen los límites establecidos podrán seguir cobrando una ayuda que hace que 2,1 millones de personas en España tengan más facilidades para llegar a final de mes.
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