Festivos

La Ley Laboral lo dice y la Justicia lo avala: los trabajadores tienen derecho a un día libre si un festivo del calendario laboral cae en sábado

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Blanca Espada

Esta última semana completa del mes de junio viene marcada por el festivo de San Juan, que se celebra el miércoles 24 de junio en varias comunidades y municipios, de modo que quienes viven en Cataluña, Comunidad Valenciana o Galicia podrán tener un día de descanso en mitad de la semana, pero ¿qué pasaría si ese festivo, o cualquier otro, cayera en sábado?.

Para quienes trabajan de lunes a viernes, la sensación cuando eso pasa es bastante clara. Ese día de fiesta que cae en sábado día no se trabaja, pero tampoco se disfruta como un festivo real. Simplemente coincide con el fin de semana y pasa sin más. Pero sobre este punto se ha vuelto a pronunciar la Audiencia Nacional, que insiste en una idea que cada vez está más asentada ya que si ese festivo cae en sábado y coincide con el descanso semanal, el trabajador tiene derecho a un día de descanso compensatorio.

Los trabajadores tienen derecho a un día libre si un festivo del calendario laboral cae en sábado

La sentencia, identificada como SAN 1914/2026, parte de una idea bastante sencilla pero que cambia el enfoque. El sábado, para quienes trabajan de lunes a viernes, no es un festivo, sino parte de su descanso semanal. Esto puede parecer un matiz menor, pero no lo es. Porque si ese sábado coincide con un festivo, en realidad el trabajador no está disfrutando ese festivo como tal. Está simplemente en su descanso habitual. Por ello, a partir de ahí, el tribunal entiende que debe haber una compensación. No por trabajar más, sino por no perder ese día festivo que, en teoría, forma parte de los derechos del trabajador.

El origen está en una reclamación que llegó a los tribunales

Todo arranca con una demanda presentada por UGT en una empresa de gestión de movilidad. Los trabajadores tenían jornada de lunes a viernes y descansaban el fin de semana, algo bastante común.

La empresa, por su parte, defendía que no había ningún problema. Argumentaba que se cumplía la jornada anual y que no existía una obligación de compensar esos festivos. Sin embargo, la Audiencia Nacional no comparte esa interpretación. Aunque no da la razón en todo, sí reconoce el punto principal y es que cuando un festivo cae en sábado en este tipo de jornadas, debe existir un día de descanso adicional.

No es un caso aislado sino que ya hay precedentes

Esta sentencia no llega de cero sino que en realidad, se suma a una línea que ya venía marcando la jurisprudencia en los últimos años. Uno de los ejemplos más conocidos es el del Tribunal Supremo en el llamado «caso Zara», donde ya se abordó esta misma cuestión. En aquel momento, también se reconoció que los festivos no pueden diluirse dentro del descanso semanal, dado que no son lo mismo, y por tanto no pueden sustituirse uno por otro sin más.

Qué dice la normativa laboral

Más allá de lo que dicen las sentencias, este criterio no sale de la nada. Tiene base en la propia normativa laboral, especialmente en el Estatuto de los Trabajadores, que es donde se recogen los derechos básicos sobre descanso y festivos.

La interpretación que están haciendo los tribunales va en una dirección bastante clara y es que no basta con que esos días estén en el calendario, lo importante es poder disfrutarlos de verdad. De este modo, si un festivo coincide con el descanso semanal y pasa sin más, en la práctica se está perdiendo. Ahí es donde entra la idea de compensarlo, y no es sólo una cuestión nacional, también tiene respaldo en la normativa europea, que distingue entre el descanso semanal y los días festivos como dos derechos diferentes que no deberían mezclarse sin más.

No todos los trabajadores están en la misma situación

Eso sí, este derecho no se aplica automáticamente a todos los casos. Está pensado, sobre todo, para quienes tienen una jornada fija de lunes a viernes y descansan sábado y domingo. En otros modelos, como turnos rotativos o trabajos en fin de semana, la situación cambia. Ahí entran en juego los convenios colectivos y la organización interna de cada empresa. Por eso, aunque la sentencia marca una línea clara, siempre es importante ver cómo se aplica en cada caso concreto.

Un criterio que se está consolidando

Lo que sí parece evidente es que este criterio cada vez está más asentado. No es una decisión aislada ni puntual. Cada vez que un tribunal vuelve a pronunciarse en esta línea, refuerza la idea de que los festivos no deben perderse sin más cuando coinciden con el descanso semanal. Eso sí, hay un matiz importante, ya que esta compensación no se aplica de forma retroactiva. Es decir, no se pueden reclamar ahora días pasados que no se disfrutaron en su momento.

Con todo esto, lo más recomendable es revisar el calendario laboral y el convenio colectivo. Ahí es donde se concreta cómo se aplican este tipo de situaciones en cada empresa. Si aparece un festivo en sábado y no hay ninguna compensación prevista, puede ser un buen momento para consultarlo o plantearlo.

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