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La JUR ultima su proceso de audiencia y decidirá próximamente si compensar a los accionistas de Popular

"El valorador independiente y la JUR han revisado y están finalizando la evaluación de las 2.856 respuestas recibidas de las partes afectadas".

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Integración de Santander con Banco Popular

La Junta Única de Resolución (JUR) ha emitido un comunicado este viernes en el que manifiesta que «se aproxima a la fase final del proceso de derecho de audiencia con respecto a su decisión preliminar sobre si compensar a los accionistas y acreedores de Banco Popular Español S.A. cuyos intereses fueron afectados por la medida de resolución». La entidad pública para resoluciones bancarias con sede en Bruselas lleva muchos meses escuchando las reclamaciones de los miles de afectados por la resolución del Banco Popular en 2017 y su venta a Banco Santander por un euro.

Tal y como ha dicho la entidad comunitaria, «La JUR y, en su caso, el valorador independiente han revisado y están finalizando la evaluación de las 2.856 respuestas recibidas de las partes afectadas, registradas y verificadas. Sobre esta base, la JUR considerará debidamente su decisión final sobre si se debe compensar a los accionistas y acreedores afectados. La JUR procurará adoptar y anunciar su decisión en los próximos meses».

Los antecedentes

Tal y como cuenta la propia Junta Única de Resolución, «el 7 de junio de 2017 la JUR transfirió todas las acciones del Banco Popular Español S.A. al Banco Santander S.A. (Santander), después de la amortización y conversión de deuda subordinada en nuevas acciones antes de la transferencia». Como indican, «el Banco Popular continúo operando bajo las condiciones normales de mercado como un miembro solvente y con liquidez del Grupo Santander con efecto inmediato».

Continúa la JUR diciendo que «debido a la situación de estrés relativa a la liquidez, el Banco Central Europeo (BCE) determinó el 6 de junio de 2017 que el Banco Popular era inviable o existía la probabilidad de que lo fuera a ser. El BCE se lo notificó debidamente a la JUR. La JUR y la autoridad de resolución española (FROB) decidieron que la venta del banco era de interés público ya que protegía a todos los depositantes de Banco Popular a la vez que garantizaba la estabilidad financiera. Después de la ratificación de la Comisión Europea, el dispositivo de resolución entró en vigor el mismo día», es la explicación que da.

Este método no se ha vuelto a aplicar con esta virulencia en ningún otro gran banco europeo. Desde entonces, y antes de ello, Italia ha intervenido varias entidades bancarias mediante otros modelos que no han implicado resolución sino rescate público.

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