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Economía
Pensiones

Jubilarte a los 63 años y cobrar el 100% de tu pensión es posible en España pero sólo en éste caso

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Desde 2013, España está inmersa en un proceso legislativo que ha ido incrementando paulatinamente la edad de jubilación. Este cambio se instauró a través de la Ley 27/2011, con el objetivo de adaptar el sistema de pensiones a la realidad demográfica y económica del país, marcada por un aumento en la esperanza de vida y un envejecimiento progresivo de la población. La medida busca asegurar la sostenibilidad financiera de la Seguridad Social, extendiendo la vida laboral y aumentando los años de cotización necesarios para obtener el derecho a una pensión completa. Sin embargo, existe una excepción que te permite jubilarte a los 63 años y cobrar el 100% de la pensión.

En 2025, la edad ordinaria de jubilación es de 65 años para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses, y 66 años y 8 meses para el resto. En 2026, aumentará a 66 años y 10 meses, y en 2027 llegará a los 67 años. Estos cambios responden a la necesidad de asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones, ajustando los requisitos de cotización y estableciendo penalizaciones para la jubilación anticipada.

¿Cómo puedes jubilarte a los 63 años?

La jubilación anticipada en 2025 se presenta como una alternativa muy interesante para muchos trabajadores. Sin embargo, para jubilarte a los 63 años es imprescindible cumplir con ciertos criterios relacionados tanto con la edad como con los años cotizados.

En 2025, la edad ordinaria de jubilación depende del total de años cotizados. Si al 31 de diciembre de 2024 se tienen menos de 38 años y 3 meses cotizados, la edad para jubilarse es de 66 años y 8 meses. Por otro lado, quienes hayan cotizado más tiempo, pueden jubilarse a los 65 años. Este límite es crucial para determinar la edad mínima a la que se puede adelantar la jubilación voluntaria.

Esta modalidad permite anticipar la jubilación hasta 24 meses antes de la edad legal. Dado que en 2025 la edad ordinaria se retrasa dos meses, también se aplaza en igual medida el acceso a la jubilación anticipada. Así, para jubilarte a los 63 años es obligatorio haber cotizado al menos 38 años y 3 meses, requisito indispensable para cobrar la pensión íntegra.

Además, es necesario estar dado de alta o en situación asimilada en cualquier régimen de la Seguridad Social y acreditar un mínimo de 35 años cotizados, incluyendo ciertos periodos como el servicio militar o social con límites específicos. También es imprescindible que al menos dos años de cotización estén dentro de los 15 años previos a la jubilación. Por último, la pensión resultante debe superar la cuantía mínima establecida.

Edad y años cotizados

La edad y los años cotizados para jubilarse varían según el año de nacimiento del trabajador. Por ejemplo, quienes nacieron en 1959 pueden jubilarse a los 65 años en 2024 si han cotizado al menos 38 años; de lo contrario, la edad se eleva a 66 años y 6 meses.

Para los nacidos en 1960, la jubilación con pensión completa será a los 65 años y 3 meses en 2025, siempre que acrediten 38 años y 3 meses cotizados; si no, deberán esperar hasta los 66 años y 8 meses.

Los trabajadores nacidos en 1961 podrán retirarse a los 65 años y 3 meses en 2026 con al menos 38 años y 3 meses cotizados, o esperar hasta los 66 años y 10 meses si no cumplen el requisito.

Quienes nacieron en 1962 podrán jubilarse con el 100% de la pensión a los 65 años y 6 meses en 2027, siempre que hayan cotizado 38 años y 6 meses; de no ser así, la edad ordinaria será 67 años.

Finalmente, para los nacidos a partir de 1962, la edad ordinaria de jubilación es 67 años, con un mínimo de 38 años y 6 meses cotizados para poder anticiparla a los 65 años.

Profesiones de riesgo

Se espera que en los próximos meses se apruebe el decreto que definirá la normativa sobre la jubilación anticipada para ciertos colectivos laborales.

En la actualidad, los trabajadores incluidos en algunos sectores reconocidos pueden acogerse a la jubilación anticipada con reducción de edad debido a la penosidad, toxicidad o peligrosidad de sus empleos. Entre ellos destacan los trabajadores del mar y sector pesquero, que pueden jubilarse hasta 10 años antes de la edad ordinaria; los mineros, amparados por el Estatuto Minero, que pueden jubilarse desde los 52 años con la aplicación de coeficientes reductores; y el personal de vuelo como pilotos, segundos pilotos y mecánicos, con reducciones que varían entre 0,30 y 0,40.

Además, bomberos profesionales tienen derecho a adelantar la jubilación desde los 60 años o 59 si acreditan 35 años cotizados. Los policías locales y miembros de la Ertzaintza cuentan con coeficientes reductores del 0,20 y pueden jubilarse hasta cinco o seis años antes, dependiendo de años cotizados. También los trabajadores ferroviarios tienen derecho a reducción según la naturaleza penosa de su trabajo.

Por último, profesionales taurinos y artistas disfrutan de condiciones especiales basadas en años y número de eventos o actuaciones realizadas. Estas profesiones ya están reguladas y cuentan con marcos legales específicos que reconocen las condiciones laborales excepcionales que justifican la jubilación anticipada.

Los sectores que están a la espera de su inclusión en la lista oficial son trabajadores de la construcción, especialmente los grupos con mayor siniestralidad; bomberos forestales; policías y guardias civiles; trabajadores del transporte (mercancías, viajeros, taxistas y empleados públicos del sector); personal sanitario expuesto a condiciones penosas o riesgosas; trabajadores de la industria química; las camareras de piso; y buceadores profesionales.