Planes de pensiones

Hay una forma de hacerlo. Saca el dinero de tu plan de pensiones sin que te timen

Todo lo que puedes hacer para rescatar tu plan de pensión sin pagar comisiones

Hacienda lo avisa: esto es lo que va a pasar con los planes de pensiones a partir de ahora

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Cómo rescatar el plan de pensiones
Blanca Espada

Los planes de pensiones son un producto de ahorro a largo plazo que te permite complementar tu jubilación con una renta adicional. Sin embargo, puede que no sepas que opciones tienes para poder recuperarlo o «rescatarlo» o tal vez desconoces si el banco en el que tienes contratado tu plan de pensiones te va a restar algo una vez comiences a cobrarlo. Repasemos a continuación cómo rescatar lo que has ahorrado todos estos años, y cómo sacar el dinero de tu plan de pensiones sin que te timen.

Saca el dinero de tu plan de pensiones sin que te timen

Como decimos, el plan de pensiones es un producto de ahorro a largo plazo que permite complementar la pensión pública de jubilación. Sin embargo, al rescatar el plan de pensiones, hay que tener en cuenta su fiscalidad, ya que las prestaciones tributan como rendimientos del trabajo en el IRPF.

Los tramos de IRPF son los porcentajes que se aplican a cada parte de la base imponible del impuesto, según el nivel de ingresos. Para el año 2023, los tramos de IRPF son los siguientes:

  • De 0 a 12.450 €: 19 %
  • De 12.451 € a 20.200 €: 24 %
  • De 20.201 € a 35.200 €: 30 %
  • De 35.201 € a 60.000 €: 37 %
  • De 60.001 € a 300.000 €: 45 %
  • Más de 300.000 €: 47 %

Esto significa que cuanto mayor sea el importe rescatado del plan de pensiones, mayor será el tipo marginal que se aplicará y, por tanto, mayor será la cuota a pagar.

Por ejemplo, si una persona tiene una base imponible de 25.000 € y rescata un plan de pensiones de 100.000 € en forma de capital, su base imponible se elevará a 125.000 € y tributará al tipo marginal del 45 %, lo que supondrá una cuota de unos 44.000 €.

Sin embargo, si rescata el plan de pensiones en forma de renta, distribuyendo el importe en varios años, podrá reducir su tipo marginal y pagar menos impuestos.

Cómo rescatar el plan de pensiones en forma de capital

Rescatar el plan de pensiones en forma de capital consiste en cobrar todo el dinero ahorrado en el plan de pensiones de una sola vez. Esta opción puede resultar atractiva si se necesita hacer frente a un gasto importante o se quiere invertir en otro producto financiero. Sin embargo, también tiene sus desventajas: se pierde la posibilidad de seguir beneficiándose de las ventajas fiscales del plan de pensiones y se tributa por todo el importe rescatado en el IRPF como rendimientos del trabajo.

Para reducir el impacto fiscal del rescate en forma de capital, se puede aplicar una reducción del 40 % sobre la parte correspondiente a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que la contingencia (jubilación, invalidez o fallecimiento) se haya producido a partir del 1 de enero de 2007.
  • Que se rescate el plan de pensiones en el ejercicio en el que se produce la contingencia o en los dos ejercicios siguientes.
  • Que no se haya aplicado la reducción sobre otras prestaciones percibidas anteriormente por el mismo contribuyente.

La reducción del 40 % solo se puede aplicar una vez por cada contingencia y por cada contribuyente.

Por ejemplo, si una persona se jubila en el año 2023 y rescata un plan de pensiones de 100.000 €, del cual 80.000 € corresponden a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 y 20.000 € a aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2007, podrá aplicar la reducción del 40 % sobre los primeros 80.000 €, quedando exentos de tributación 32.000 € (el 40 %). El resto (68.000 €) tributará como rendimientos del trabajo según los tramos del IRPF.

Cómo rescatar el plan de pensiones en forma de renta

Rescatar el plan de pensiones en forma de renta consiste en cobrar el dinero del plan de pensiones en forma de pagos periódicos, que pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales o anuales. Esta opción permite asegurar un ingreso regular durante un periodo determinado o de por vida, según se elija. Además, se tributa solo por la parte proporcional que se cobra cada año y se sigue disfrutando de las ventajas fiscales del plan de pensiones. No obstante, también tiene sus inconvenientes: se renuncia a la disponibilidad total del dinero y se asume el riesgo de que la rentabilidad del plan de pensiones sea inferior a la inflación o a otras alternativas de inversión.

Para rescatar el plan de pensiones en forma de renta, se puede elegir entre dos modalidades: la renta asegurada y la renta financiera.

  • La renta asegurada es la que ofrece una rentabilidad garantizada para el periodo seleccionado o para toda la vida, en el caso de la renta vitalicia. La ventaja de esta modalidad es la seguridad y certeza de que el importe que se pacte será el que se perciba cada periodo, sin estar sometido a las oscilaciones del mercado. La desventaja es que en épocas de intereses bajos, como la actual, la rentabilidad puede ser muy baja o incluso negativa, y no se podrá cambiar de opción en el futuro.
  • La renta financiera es la que depende de la evolución del mercado y de las inversiones realizadas por el plan de pensiones. La ventaja de esta modalidad es que se puede obtener una mayor rentabilidad si el mercado es favorable, y se puede cambiar de opción en cualquier momento. La desventaja es que se asume un mayor riesgo y que el importe de la renta puede variar al alza o a la baja.

Cómo rescatar el plan de pensiones en forma mixta

Rescatar el plan de pensiones en forma mixta consiste en combinar las dos modalidades anteriores, es decir, cobrar una parte del dinero en forma de capital y otra en forma de renta. Esta opción permite adaptar el rescate del plan de pensiones a las necesidades y preferencias de cada uno, así como diversificar el riesgo y optimizar la fiscalidad. Sin embargo, también implica renunciar a parte de la liquidez y de la rentabilidad potencial del plan de pensiones.

Para rescatar el plan de pensiones en forma mixta, se puede elegir el porcentaje que se quiere cobrar en forma de capital y el que se quiere cobrar en forma de renta, así como el tipo de renta (asegurada o financiera) que se desea. Se podrá aplicar la reducción del 40 % sobre la parte correspondiente a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 que se cobre en forma de capital, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Ley 35/2006.

Por ejemplo, si una persona se jubila en el año 2023 y rescata un plan de pensiones de 100.000 €, del cual 80.000 € corresponden a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 y 20.000 € a aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2007, podrá optar por rescatar el plan de pensiones en forma mixta. Si decide cobrar un 50 % en forma de capital y un 50 % en forma de renta financiera, podrá aplicar la reducción del 40 % sobre los primeros 40.000 € (el 50 %) que corresponden a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, quedando exentos de tributación 16.000 € (el 40 %). El resto (44.000 €) tributará como rendimientos del trabajo según los tramos del IRPF. Además, recibirá una renta financiera periódica por los otros 50.000 € restantes, que también tributará como rendimientos del trabajo según lo que cobre cada año.

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