Consejo de Ministros

El Gobierno permitirá cancelar contratos a los consumidores sin ser penalizados

En el caso de los viajes combinados, los usuarios podrán solicitar su reembolso o recibir un bono canjeable en un año

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Consumo

El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado un real decreto que incluye medidas de apoyo a trabajadores, consumidores, familias y colectivos vulnerables, para paliar el impacto económico y social del coronavirus en España. Mientras, el Gobierno de Pedro Sánchez se olvida de los empresarios.

Según consta en el borrador de Real Decreto,  el Ejecutivo quiere dotar a los consumidores y usuarios de los mecanismos en materia de consumo, de este modo permite que los usuarios puedan poner fin a determinados contratos sin ser penalizados.

Así, en el caso de los contratos de compraventa de bienes y de prestación de servicios, sean o no de tracto sucesivo, cuya ejecución sea imposible como consecuencia de la aplicación de las medidas adoptadas en la declaración del estado de alarma, los consumidores podrán ejercer el derecho a resolver el contrato durante un plazo de 14 días.

Recuperar los servicios a posteriori

En el caso de los contratos de tracto sucesivo, la empresa prestadora de servicios podrá ofrecer opciones de recuperación del servicio a posteriori y sólo si el consumidor no aceptara dicha recuperación. En ese caso, se procedería a la devolución de los importes ya abonados en la parte correspondiente al periodo del servicio.

Asimismo, la empresa prestadora de servicios se abstendrá de presentar a cobro nuevas mensualidades hasta que el servicio pueda prestarse con normalidad, sin que ello dé lugar a la rescisión del contrato, salvo por la voluntad de ambas partes.

Bonos de viajes combinados

En el supuesto de que se trate de contratos de viaje combinado, que hayan sido cancelados por el coronavirus,  podrán entregar al consumidor o usuario un bono para ser utilizado dentro de un año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, por una cuantía igual al reembolso que hubiera correspondido.

Transcurrido el periodo de validez del bono sin haber sido utilizado, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado. En cualquier caso, el eventual ofrecimiento de un bono sustitutorio temporal deberá contar con un respaldo financiero que garantice su ejecución.

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