Okupación

Estos son los días que tienes para echar a los okupas de tu casa según la nueva ley

echar okupas
Mazo de juez.
Blanca Espada

El fenómeno de los okupas ha sido un problema creciente en España, provocando desesperación entre propietarios que ven cómo sus inmuebles son ocupados ilegalmente. Hasta ahora, los procesos para desalojar a los okupas podían alargarse durante mucho tiempo, con una duración media de entre 4 y 9 meses en la mayoría de los casos. Sin embargo, una reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal promete cambiar este panorama.

La modificación está diseñada para agilizar los procedimientos judiciales en casos de allanamiento y usurpación de viviendas, reduciendo significativamente los tiempos para llevar a cabo los desalojos. Esta reforma ya ha sido aprobada en el Congreso de los Diputados y está pendiente de ratificación en el Senado, donde se espera que prospere gracias a la mayoría del Partido Popular. Una vez que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los nuevos procedimientos entrarán en vigor, dando esperanza a los propietarios afectados. Pero ¿qué implica realmente esta reforma y cuánto tiempo se tardará ahora en desalojar a los okupas? Veámoslo en detalle.

Los días que tienes para echar a los okupas de tu casa

En la actualidad, desalojar a un okupa puede ser un proceso tedioso y costoso. Cuando los okupas llevan más de 48 horas en una propiedad, las autoridades no pueden proceder al desalojo inmediato sin una orden judicial. El proceso incluye varias etapas: desde la presentación de una demanda por el propietario, pasando por el juicio de desahucio, hasta la ejecución del lanzamiento. Este procedimiento, basado en la vía civil, puede extenderse durante meses, dejando a los propietarios en una situación de impotencia.

Además, existe un vacío legal en casos de inquilinos okupas (inquilinos que dejan de pagar el alquiler pero se niegan a abandonar la vivienda). Estos casos, conocidos como inquiokupaciones, no están contemplados en la nueva reforma, lo que significa que seguirán gestionándose por la vía civil, manteniendo los tiempos actuales.

¿Qué cambia con la nueva ley?

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal introduce los delitos de allanamiento y usurpación de morada en el sistema de juicios rápidos, hasta ahora reservado para delitos como hurtos, robos o violencia de género. Este cambio significa que los casos de ocupación ilegal podrán resolverse en un plazo máximo de 15 días desde que lleguen al juzgado, siempre que no haya apelaciones que puedan retrasar el proceso.

El procedimiento penal comienza con la instrucción del caso, que debe realizarse de manera inmediata tras la comisión del delito. La policía judicial tiene un plazo de 72 horas para recopilar pruebas y documentación, mientras que el juez evalúa si procede iniciar un juicio oral. Si el juicio sigue adelante, las partes tendrán un máximo de cinco días para presentar sus escritos de acusación y defensa. Una vez cumplido este trámite, el juez fijará la fecha del juicio, que deberá celebrarse en un plazo de 15 días.

Aunque este proceso es mucho más rápido que el sistema actual, no implica que los desalojos sean inmediatos. Los okupas pueden apelar las decisiones judiciales, lo que podría alargar la resolución final, especialmente en casos más complejos.

¿Qué ocurre si hay menores en la vivienda?

Uno de los puntos más controvertidos de esta reforma es el tratamiento de los casos en los que los okupas tienen hijos. Hasta ahora, la presencia de menores en la vivienda okupada solía dificultar y alargar los procesos de desalojo, ya que se requerían evaluaciones adicionales para proteger el bienestar de los menores. Con la nueva reforma, estos casos también podrán tramitarse mediante el procedimiento abreviado, eliminando el obstáculo que suponía la presencia de niños para agilizar el desalojo.

Esto representa un cambio significativo, aunque también ha generado debate en términos de derechos de los menores y la responsabilidad del Estado en garantizar su protección.

Limitaciones de la reforma y los próximos retos

Aunque la nueva ley promete agilizar los procesos judiciales en casos de ocupación ilegal, no soluciona todos los problemas relacionados con la okupación. Como se mencionó anteriormente, las inquiokupaciones no están contempladas en esta reforma y seguirán requiriendo procesos civiles prolongados. Asimismo, aunque el juicio se celebre en un plazo máximo de 15 días, el tiempo que tarda en ejecutarse el desalojo sigue siendo un desafío pendiente.

En otros países europeos como Alemania o Dinamarca, los desalojos se producen de manera casi inmediata tras una orden judicial. En España, la implementación de una medida similar sería el siguiente paso lógico para garantizar que los propietarios recuperen sus viviendas lo antes posible.

En conclusión, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal supone un avance importante en la lucha contra la okupación ilegal en España. Al incluir los delitos de allanamiento y usurpación en el sistema de juicios rápidos, se espera reducir drásticamente los tiempos de espera para los propietarios afectados. Sin embargo, todavía quedan desafíos por resolver, como la ejecución de los desalojos y el tratamiento de casos más complejos como las inquiokupaciones.

Con esta reforma, España da un paso hacia adelante en la protección de los derechos de los propietarios, aunque habrá que esperar a su implementación para evaluar su efectividad real. Por ahora, lo que es seguro es que los tiempos de espera serán más cortos, devolviendo algo de esperanza a quienes han sufrido las consecuencias de este problema.

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