fin al anonimato digital e impagos

Bruselas expedienta a España por el blanqueo de capitales y amenaza con llevarla al TJUE por la normativa de morosidad

La Comisión Europea ha abierto nuevos procedimientos de infracción contra España

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  • Celia Amayuelas
  • Celia Amayuelas Díaz (Madrid, 1999), periodista y economista con más de 6 años de experiencia en medios digitales, se incorporó a OKDIARIO en 2026 procedente de finanzas.com, 'El Español' y Capital Radio. Puedes contactar conmigo en [email protected]

La Comisión Europea ha señalado a España infracciones que debe subsanar de acuerdo a la interpretación del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

En este sentido, se abre un nuevo procedimiento de infracción contra España por no ajustar a su legislación nacional las normas comunes sobre morosidad para el sector minorista sobre la puntualidad de los pagos.

Además, la Comisión insta transponer una normativa europea contra el blanqueo de capitales en España que obliga a identificar a los emisores y receptores de criptoactivos y a la imposición de sanciones a personas y empresas que infrinjan estas normas.

Impagos de más de 120 días

En lo que respecta a la morosidad, Bruselas ha remitido a las autoridades nacionales una carta de emplazamiento, primera fase de un expediente sancionador, apuntando las irregularidades y abriendo un periodo de diálogo de dos meses para que España tome las medidas necesarias.

Las condiciones de pago de los bienes de consumo pueden prolongarse sistemáticamente más allá de 60 días, a veces hasta más de 120 días algo que Bruselas considera «incoherente con la sentencia del Tribunal» porque relaja la importancia de la «puntualidad de los pagos».

Así las cosas, Bruselas espera que España tome medidas ya que considera la forma de pagos «crucial» para que las empresas europeas «crezcan e inviertan» en el Mercado Único.

La Comisión señala que de no recibir una respuesta satisfactoria de parte de las autoridades españolas procederá a avanzar a la segunda fase del expediente.

Sería la última oportunidad de negociación antes de elevar el caso ante el TJUE. 

Blanqueo en criptos

En cuanto al blanqueo de capitales que obliga a identificar a los emisores y receptores de criptoactivos y a la imposición de sanciones a personas y empresas que infrinjan estas norma la Comisión Europea ha dado un ultimátum de dos meses a España.

En un dictamen motivado, el Ejecutivo comunitario ha señalado que España no ha transpuesto en su marco jurídico nacional las modificaciones de la Cuarta Directiva contra el blanqueo.

Tampoco ha notificado las sanciones administrativas aplicables en caso de infracción ni ha completado la aplicación del Reglamento sobre sanciones administrativas y otras medidas antes del 30 de diciembre de 2024, como se requería.

Según ha explicado la Comisión, esta normativa busca poner fin al anonimato en el sector digital obligando a que cualquier transferencia, ya sea en euros o en criptomonedas, lleve «nombre y apellidos» tanto del que paga como del que cobra.

Con este rastro, la UE pretende blindar el sistema financiero frente al blanqueo de capitales y el rastro del dinero que financia el terrorismo.

La nueva norma cierra huecos legales de la antigua directiva para que las criptomonedas estén bajo los mismos controles que el resto del sistema financiero, exigiendo datos detallados en cada operación que hasta ahora escapaban al control de las autoridades.

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