Los bancos españoles cada vez ponen más trabas a cambiar monedas por billetes
Los bancos cada vez ponen más trabas a la hora de cambiar nuestras monedas por billetes, de modo que, si por ejemplo un bar acude a una entidad a que le cambien las monedas por papel, tendrá que pagar el costo que conlleva para la empresa de cuenteo (generalmente subcontratada por el banco). Por ello, las entidades son cada vez más reacias a hacer el cambio de ‘chatarra’ por billetes.
A fin de cuentas, el banco en cuestión no gana nada cuando un determinado cliente le pide este tipo de cambio; toda vez que quien ingresa es, insistimos, la empresa de conteo. De hecho, bajo el punto de vista empresarial, de hecho, los bancos pierden dinero al ofrecer este servicio, pues el empleado estará invirtiendo su tiempo en un trabajo no rentable para la entidad frente a otras actividades que sí lograrían un retorno para el banco.
Son tres los principales modelos que encontramos en el sistema financiero cuando nos ofrecen cambiar monedas por billetes: cobrar indirectamente por la prestación del servicio, atender sólo a los clientes del banco en cuestión o aplicar tarifas a quien quiera realizar la conversión de monedas a papel.
Para empezar, cabe señalar que el Banco de España, tal y como ha confirmado a este periódico, no canjea monedas por billetes, por lo que tendremos que ir a un banco privado para realizar el cambio. Bankia y Banco Sabadell, de momento, prestan el servicio a sus clientes de forma gratuita mientras que cobran a sus clientes; CaixaBank directamente no cambia a quienes no forman parte del banco mientras que a sus clientes les cobrará sólo si tienen alguna actividad comercial (ya que supone que tendrán un mayor volumen de monedas a canjear); BBVA, por su parte, directamente subcontratan a empresas de conteo, de modo que el cliente (o no) paga directamente a la compañía subcontratada –sin aportar ningún beneficio a BBVA-
En el BBVA, de este modo, la política pasa por cobrar a partir de 50 monedas, sea o no cliente. La tarifa: entre 50 y 499 monedas, 10 euros y, por cada 500 unidades más, otros diez euros.
Los expertos hablan
Rubén Pulido, CEO de Pulifil, cree que se han podido “malinterpretar” muchas informaciones al respecto ya que, si bien es cierto “que las entidades llegan a cobrarnos por ese servicio, esta comisión es ejecutada cuando acudimos a nuestras entidades con las monedas sin contabilizar correctamente o las proporcionamos a nuestro banco sueltas”, es decir que, según Pulido, actualmente la práctica totalidad de entidades disponen de ‘blisters’ en los cuales nos solicitan que depositemos nuestros ahorros para un correcto cuenteo. “Obviamente, si no facilitamos esta labor a la entidad ésta nos cargará una comisión externa con la finalidad de abonar estos costes a la empresa de valijas bancarias encargadas del transporte del dinero”.
De este modo, según nos explica Pulido, en realidad “no es una comisión de la propia entidad en sí, si no que se trata de “un servicio externo precontratado por nuestro banco”. No obstante, “concluir en este punto que si la finalidad es ingresar el dinero en una cuenta, no pueden cobrar por verificar que la cantidad es la que indica el consumidor, en todo caso se realizaría un cuenteo y tras comprobar el importe se actualizaría con el exacto entregado, por ello es importante contar bien nuestros ahorros”.
De este modo, los expertos recomiendan siempre realizar estos ingresos en nuestras entidades. Obviamente, si no tenemos cuenta en la entidad que pretendemos ingresar, ésta se puede negar rotundamente a facilitarnos el cambio ya que las entidades “no están obligadas bajo ningún concepto a facilitarnos cambio”, es más, en nuestra propia entidad nos exigirán siempre que estos ahorros pasen antes por la cuenta a modo de ingreso para después disponer de esta cantidad con una simple retirada de efectivo. “El cambio es solamente facilitado a autónomos y empresas, y en algunas ocasiones debe ser encargado con suficiente antelación”, explica Pulido.
¿Prácticas ilegales?
En cuanto al debate suscitado en numerosas redes acerca de la legalidad o no de estas prácticas, “lamentablemente es legal si este servicio no está incluido en el contrato de la cuenta del usuario”, señalan desde Pulifil. Sin embargo, según Rubén Pulido, a fecha de hoy Santander, Bankia, La Caixa y Banco Popular sólo pueden cobrar si la finalidad del usuario es distinta a la particular, tal y como recogen en sus tarifas.
Por lo tanto, si queremos ingresar nuestros ahorros (algo que siempre deben permitirnos), y queremos evitar algún tipo de comisión extraordinaria por el cuenteo que empresas externas carguen a las entidades, debemos siempre acudir previamente a nuestra entidad para solicitar los ‘blisters’ que precisemos y entregar las monedas de esta forma. “En principio, si actuamos de esta forma la entidad no debe cobrarnos ningún tipo de comisión, pues se trata de un mero ingreso”, explica Pulido.
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