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Aviso urgente de Hacienda a los jubilados: adiós a tu pensión si no presentas éste documento antes de que acabe marzo

Los beneficiarios de una pensión no contributiva en España en 2026 deberán cumplir con un trámite clave antes del 31 de marzo para evitar problemas en el cobro

jubilados Madrid, Hacienda

Los beneficiarios de una pensión no contributiva en España en 2026 deberán cumplir con un trámite clave antes del 31 de marzo para evitar problemas en el cobro. No cumplir con este requisito puede derivar en la suspensión temporal de la pensión no contributiva. En algunos casos, si la situación no se regulariza, también podría afectar a la continuidad del derecho a percibir la prestación.

La presentación de la declaración anual de ingresos sigue siendo obligatoria tanto para pensiones de jubilación como por incapacidad.

Por este motivo, las autoridades insisten en que los pensionistas revisen su situación y presenten toda la documentación dentro del plazo establecido en 2026.

Y para aquellos pensionistas que residen en el extranjero, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene una aplicación: VIVESS, la cual permite a los pensionistas que viven fuera de España validar su «fe de vida» de manera fácil y rápida desde su móvil. La aplicación está disponible para dispositivos Android e iOS y puede descargarse gratuitamente desde Google Play.

Nuevas funciones de VIVESS para 2026

La aplicación no solo sirve para dar la «fe de vida»; este año la aplicación incorpora nuevas funciones:

Doble período de control: En casos específicos de residentes en el extranjero, se ha establecido un segundo periodo de control en septiembre, por lo que usar la app ahora facilita estar ya registrado para el resto del año.

Gestión del cónyuge: Ahora permite acreditar también la vivencia del cónyuge a cargo desde el mismo dispositivo, algo que antes obligaba a hacer ambos  trámites por separado.

Descarga de certificados: Los usuarios ya pueden descargar directamente desde esta aplicación mediante el Certificado de Revalorización de 2026 y también el desglose de retenciones de IRPF.

¿Y si no usas VIVESS?

Para aquellos que residan en España y no utilizan la aplicación del gobierno, pueden hacer la prestación anual de ingresos de tres maneras diferentes:

A través de la Sede Electrónica del Imserso (con Cl@ve o certificado digital).
Por correo postal, enviando el formulario que la Seguridad Social suele enviar al domicilio, o de manera presencial, en las oficinas de los servicios sociales de cada comunidad autónoma o en las direcciones territoriales del Imserso.

¿Qué pasa si no se presenta el documento antes del 31 de marzo?

No presentar la documentación antes del 31 de marzo de 2026 no implica automáticamente la pérdida definitiva de la pensión. Pero sí puede provocar la suspensión temporal de los pagos. En caso de suspensión, el beneficiario dispone de un plazo de 90 días para regularizar la situación y presentar los documentos pendientes.

Si se cumple con este trámite dentro del plazo, es posible recuperar los pagos atrasados. Por eso, actuar con rapidez es fundamental para evitar complicaciones mayores.

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