Aviso del INSS si haces esto: obliga a un jubilado a devolver casi 60.000 euros a la Seguridad Social
La Seguridad Social ha obligado a un jubilado a devolver 58.678,38 euros por compatibilizar la pensión con un trabajo
La Seguridad Social ha obligado a un jubilado a devolver 58.678,38 euros que en su día cobró por una pensión por incapacidad permanente y posteriormente de jubilación a través del Régimen de Clases Pasivas. ¿El motivo? Compaginó la prestación contributiva con un trabajo como profesor de clases particulares para opositores. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la decisión de la Seguridad Social con este jubilado que se ha hecho viral.
La noticia copa portadas en España porque las cifras son rimbombantes y porque supone todo un aviso de la Seguridad Social para las personas que compatibilizan un trabajo con una pensión sin dar señales de aviso. En este caso, el protagonista es un jubilado de Madrid que tendrá que devolver casi 60.000 euros que cobró como pensionista después de que la Administración le cazara compatibilizando la pensión de incapacidad permanente, y después la de jubilación, con un trabajo como preparador de oposiciones sin haberlo comunicado previamente a las autoridades.
La historia comienza en 2017, cuando este ciudadano cumplió con los requisitos para recibir una pensión por incapacidad permanente a través del Régimen de Clases Pasivas. Para sorpresa de la Seguridad Social, ya en 2020, la Administración detectó que el pensionista, que ya recibía una pensión contributiva de jubilación, se encontraba dado de alta a través del RETA como profesor de clases particulares. Esto desembocó en una denuncia de la Seguridad Social y la Justicia le ha dado la razón.
Tras este requerimiento de la Seguridad Social, el jubilado alegó que los trabajos habían sido «esporádicos» y que funcionarios del INSS habían confirmado que era posible compatibilizar pensión y trabajo si los ingresos no superaban el Salario Mínimo Interprofesional. Ante la negativa de la Administración, decidió acudir a los tribunales… que han dado la razón a la Seguridad Social en una sentencia que sentará jurisprudencia.
La Seguridad Social y la multa al jubilado
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado la decisión de la Seguridad Social apoyándose en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado. El punto 2 de esta norma deja claro que «con carácter general, el percibo de las pensiones de jubilación o retiro será incompatible con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que dé lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social».
De esta forma, este jubilado tendrá que devolver los 58.678,38 euros que en los últimos años ha cobrado como beneficiario de una pensión por incapacidad permanente y de jubilación. Esto lo podría haber evitado comunicando a los organismos oficiales el alta como trabajador del RETA y había podido optar a la modalidad de jubilación activa, que permite compatibilizar trabajo y pensión con una serie de condiciones y beneficios para las personas que siguen inmersas en la vida laboral.
Un error que le ha salido caro a este jubilado, que ahora se ha hecho viral por una noticia que es todo un aviso de la Seguridad Social que, amparándose en la ley, puede pedir la devolución de las cantidades correspondientes a la pensión antes entregadas.
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