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La Audiencia Nacional rechaza la denuncia contra la JUR por la resolución del Popular y su venta a Santander

Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional. Foto: Europa Press

La Audiencia Nacional no investigará a la Junta Única de Resolución (JUR) por su proceso de resolución de Banco Popular y su venta a Banco Santander por un euro en junio de 2017. El tribunal español ha rechazado admitir a trámite la denuncia del letrado Ignacio Colls, que sostenía que la resolución de la JUR podría ser nula de pleno de derecho al entender que se falsearon los datos por parte de Deloitte Belgium, al entender que no es competente para juzgarlos.

El abogado Colls defiende que en el proceso se utilizó información privilegiada y coordinada para la retirada masiva de fondos del banco, que provocaron la crisis de liquidez del banco y su posterior quiebra. Defiende también que la firma de Emilio Saracho, que declaró la inviolabilidad de la entidad el 6 de junio de 2017, no fue estampada de su puño y letra.

En una ampliación posterior en su escrito, denunció que la filtración de información de la JUR a la agencia de noticias Reuters «provocó el pánico en los inversores», procediendo estos a retiradas masivas, lo que tuvo como consecuencia la falta de liquidez.

No competente

Una vez examinados los hechos expuestos en las denuncias y las diligencias que se piden, la jueza María Tardón ha señalado que estas ya han sido solicitadas al Juzgado Central de Instrucción 4 en el que el denunciante está personado como acusación particular, habiendo sido denegadas algunas de ellas por «impertinentes», mientras que en el caso de otras, como la firma de Saracho, «ya constan las declaraciones de este último como investigado en ese procedimiento».

En cuanto a la supuesta filtración que habría provocado el pánico en los inversores, las retiradas masivas de capital y la falta de liquidez, los hechos ya fueron denunciados y por el Juzgado Central de Instrucción 6 se incoaron diligencias previas, con lo que la jueza alude a «la incompetencia» de la Audiencia Nacional para la investigación de los hechos por la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Con todo, la magistrada ha inadmitido a trámite la demanda contra la JUR y Deloitte Belgium al considerar que no resulta competente para el conocimiento de los hechos que se denuncian.

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