Impuesto de donaciones

Adiós al impuesto de donaciones si haces esto: el truco que lo cambia todo

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Blanca Espada

Cada vez son más los jóvenes que sueñan con tener su propia vivienda, pero la realidad del mercado inmobiliario les devuelve a la casilla de salida. Con precios disparados y sueldos que no siempre dan para cubrir la entrada de una casa, muchas familias recurren a una fórmula tan tradicional como arriesgada: la ayuda económica de los padres. Este gesto, aunque generoso, no está exento de complicaciones legales, porque ese dinero que cambia de manos puede considerarse una donación y, por tanto, estar sujeta a impuestos. Sin embargo, lo que muchos no saben es que hay una manera de esquivar el pago del impuesto de donaciones y que además es del todo legal. Consiste en conocer bien aquellas comunidades autónomas en las que no se aplica.

A menudo, al hablar del impuesto de donaciones, se genera una gran confusión. No es lo mismo regalar dinero sin más que entregarlo para un fin específico, como la compra de una primera vivienda. Y precisamente en ese matiz está el truco que puede marcar la diferencia entre pagar una cantidad importante a Hacienda o no pagar absolutamente nada. Algunas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones casi totales en este impuesto, siempre que se cumplan ciertos requisitos muy concretos. Y eso, para miles de familias en España, supone un verdadero salvavidas económico. Si se conoce bien la normativa autonómica, es posible recibir una donación sin tener que tributar por ella. Pero hay que hacerlo bien: plazos, escrituras, límites y condiciones deben cumplirse al pie de la letra. No es magia ni trampa, sino una opción legal que muchos desconocen. A continuación, repasamos qué comunidades ofrecen este beneficio y qué debes tener en cuenta para beneficiarte de él. Porque sí, decir adiós al impuesto de donaciones es posible si haces esto.

¿Por qué hay comunidades donde no se paga el impuesto de donaciones?

El motivo es sencillo: la gestión del impuesto de donaciones está cedida a las comunidades autónomas, lo que significa que cada una puede establecer sus propias reglas, bonificaciones y límites. En el caso de la adquisición de vivienda habitual por parte de los hijos, muchas regiones han optado por facilitar el traspaso de dinero entre padres e hijos para favorecer el acceso a la vivienda. La clave está en conocer los requisitos que pide cada autonomía, ya que en muchos casos la bonificación puede llegar hasta el 100%.

Estas bonificaciones, además, están condicionadas a que el dinero se utilice única y exclusivamente para comprar una casa en propiedad, que esta sea la residencia habitual del donatario y que se cumplan condiciones de edad, renta o patrimonio. Si se formaliza correctamente la donación en escritura pública y se cumplen los plazos, Hacienda no tendrá nada que reclamar.

Las comunidades donde puedes ahorrarte el impuesto de donaciones

En cuanto a las comunidades en las que lo mencionado es posible, y te puedes ahorrar el impuesto de donaciones, destaca Madrid, ya que si un padre dona dinero a su hijo para la compra de una vivienda habitual, puede beneficiarse de una bonificación del 100% en los primeros 250.000 euros. Eso sí, es imprescindible que la vivienda esté en la Comunidad de Madrid y que la compra se realice en los seis meses siguientes a la donación.

Además, estas otras comunidades también contemplan el poder esquivar el impuesto de donaciones: 

  • Extremadura: la Junta de Extremadura ha lanzado en 2025 una bonificación del 100%, siempre que el donatario tenga menos de 36 años y no supere ciertos límites de ingresos. Además, es obligatorio que la vivienda esté en Extremadura, que la compra se haga en seis meses y que se mantenga durante al menos cinco años como residencia habitual. El importe máximo bonificado es de 180.000 euros.
  • Islas Baleares: en Baleares, la bonificación alcanza el 100% si el valor de la vivienda no supera los 270.151,20 euros. Aunque no se exige que sea primera vivienda en casos como discapacidad, familia numerosa o monoparental, sí debe tratarse de una compra en pleno dominio y con residencia efectiva.
  • La Rioja: aquí basta con que la donación se realice de padres a hijos mayores de 16 años y que el destino del dinero sea la adquisición de su vivienda habitual. La bonificación es del 99% y no se especifican más requisitos complejos, lo que lo convierte en uno de los casos más accesibles.
  • Andalucía: en esta comunidad, se aplica una bonificación del 99% si el donatario tiene menos de 35 años o una discapacidad. Además, se debe destinar todo el dinero a la compra de la primera vivienda habitual en Andalucía, y el límite está en 120.000 euros, ampliable a 180.000 en caso de discapacidad.
  • Aragón: la comunidad aragonesa permite una bonificación del 99%, incluso si la donación es fragmentada. Eso sí, exige que el beneficiario tenga un patrimonio preexistente inferior a 100.000 euros, que la vivienda se compre en los 12 meses siguientes y se mantenga como habitual durante cinco años.
  • Castilla y León: quienes tengan menos de 36 años o un grado de discapacidad igual o superior al 65% pueden obtener una deducción del 99% si destinan la totalidad del dinero recibido a la compra de la primera vivienda habitual. Los límites están entre 180.000 y 250.000 euros, dependiendo del grado de discapacidad.
  • Cataluña: en esta comunidad, la bonificación es del 95%, siempre que el beneficiario tenga menos de 36 años o una discapacidad del 65%. La vivienda debe adquirirse en un plazo de tres meses desde la donación, y se debe residir en ella de forma habitual en el plazo de un año. El tope bonificado es de 60.000 euros, o el doble en caso de discapacidad.
  • Asturias: en el Principado, la bonificación del 95% se aplica a donaciones para adquirir una primera vivienda habitual que, además, debe ser protegida. La edad del donatario debe ser menor de 35 años, y los ingresos no pueden superar 4,5 veces el IPREM. El importe máximo bonificado es de 60.000 euros (o 120.000 si hay discapacidad).
  • Canarias: en el archipiélago, los jóvenes menores de 35 pueden acceder a una bonificación del 85% si destinan el dinero a comprar o rehabilitar su vivienda habitual. Si el beneficiario tiene una discapacidad del 33% o más, sube al 90%, y al 95% si supera el 65%. Eso sí, hay límites económicos: entre 24.000 y 26.000 euros de base de deducción.
  • Galicia: aquí se aplica una reducción del 95% para donaciones a menores de 35 años o mujeres víctimas de violencia de género, siempre que no tengan otra vivienda y que el importe no supere los 60.000 euros. La compra debe formalizarse en un máximo de seis meses y realizarse en Galicia.

¿Y si no cumplo los requisitos? Alternativas y advertencias

Aunque este truco para esquivar el impuesto de donaciones funciona en muchas comunidades, no todos los ciudadanos podrán beneficiarse de estas bonificaciones. Si no se cumplen las condiciones, la donación estará sujeta al impuesto correspondiente, que puede ser muy elevado dependiendo del importe. En ese caso, es recomendable estudiar alternativas como préstamos entre particulares, siempre bajo contrato y con intereses mínimos.

También es importante recalcar que intentar disfrazar una donación como préstamo sin intención real de devolución puede traer problemas con Hacienda. Por eso, si no se va a cumplir con los requisitos de la bonificación, lo mejor es consultar con un asesor fiscal para encontrar la fórmula más segura y legal.

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