Comunidad Valenciana
TRIBUNALES

La Audiencia amplía la investigación de los correos del ‘caso Oltra’ a los ‘e mails’ de otros 3 meses

  • IGNACIO MARTÍNEZ / LUIS MIGUEL MONTERO
  • VALENCIA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha decidido estimar el recurso de apelación parcial interpuesto por la asociación Gobierna-Te para incluir en la causa los correos entre la ex vicepresidenta de la Generalitat Mónica Oltra y los otros 15 investigados en un periodo de tres meses: de octubre a diciembre de 2019. Con ello, la investigación de los citados e mails incluye los siguientes periodos: 20 de febrero a 23 de marzo de 2017, 5 de julio de 2017 hasta diciembre de ese año y de octubre a diciembre de 2019.

La decisión de la Audiencia es de vital importancia para el caso que investiga el Juzgado de Instrucción 15 de Valencia, conocido como caso Oltra, que trata de esclarecer si cargos y/o personal de la Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas socultaron las denuncias de la menor abusada por el entonces marido de la propia Oltra. El caso arroja un balance de 16 imputados. Entre ellos, la mencionada Mónica Oltra, imputada por los supuestos delitos de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delito.

La petición a la que hace referencia la citada asociación se trata de los mensajes que supuestamente se remitieron los imputados coincidiendo con las fechas en que el marido entonces de Mónica Oltra fue condenado por la Audiencia Provincial (diciembre de 2019) y del desarchivo del expediente encargado por la Consejería.

El auto del tribunal responde a los recursos presentados por dos acusaciones particulares: la de Vox y la de Gobierna-Te. A este última se adhirió también la propia joven que siendo menor fue abusada por el ex marido Mónica Oltra.

El Tribunal ha estimado este último recurso de apelación parcial de Gobierna-Te. Y con ello, incorporar a la causa esos correos entre los imputados entre octubre y diciembre de 2019. Sin embargo, ha desestimado el de Vox.

En el caso del recurso de Gobierna-Te, la Audiencia sostiene que «no podemos olvidar que en esos concretos meses a que hace referencia el escrito de solicitud de prueba tiene lugar un acto trascendental en el discurrir de estos acontecimientos cual es el desarchivo del expediente y su incorporación al procedimiento judicial».

El Tribunal rechaza, sin embargo, el recurso de Vox: «Se debe denegar el recurso presentado, bien por haberse admitido algunas de las pruebas objeto de impugnación, y por otro lado, al no haber sido objeto de impugnación el resto de las diligencias denegadas, por la parte legítima, cual era la asociación Gobierna-Te, siendo la única que presentó el escrito solicitando diligencias de prueba, que fueron objeto de la pertinente resolución».