Audiencia de Jaén

Prisión permanente revisable para el dominicano que violó y mató a una niña de 14 años en Alcalá la Real

Primera sentencia que impone esta pena en Jaén

Prisión permanente revisable para el dominicano que violó y mató a una niña de 14 años en Alcalá la Real
Nazzaryn N. N., prestando declaración durante el juicio. (Foto: EP)
David García de Lomana

La Audiencia de Jaén ha condenado a prisión permanente revisable a Nazzaryn N. N., el joven de 25 años que hace un mes fue declarado culpable del asesinato y violación de una niña de 14 años en las ruinas de la Iglesia de Santo Domingo, en Alcalá la Real (Jaén), en febrero de 2022.

La sentencia, de 66 páginas, impone la pena de prisión permanente revisable por el delito de asesinato, con la concurrencia del atenuante de confesión. Además, le impone 15 años de prisión adicionales por el delito de agresión sexual a una menor.

Los informes forenses determinaron que Khawla murió estrangulada y fue violada en vida. «Una mujer traumatizada menos en el mundo», escribió Nazzaryn a uno de sus amigos tras el crimen. Los guardias civiles que trataron con él destacaron durante el juicio su actitud «chulesca» y su «frialdad» cuando fue localizado después de llamar al 112 para confesar que había matado a una chica. Los agentes manifestaron que el joven, de entonces 22 años, se mostraba «relajado», «sonriente» y «orgulloso» de lo que había hecho. «Hagan ustedes su trabajo», se limitó a decir a los guardias civiles que le pedían su colaboración para que les indicase dónde estaba el cuerpo.

El condenado, nacido en República Dominicana, llegó de niño a Alcalá la Real junto a su madre, abogada. El cadáver de la víctima fue repatriado a Marruecos, país de origen de sus progenitores.

Agentes de la Guardia Civil acompañan al detenido por el crimen de Alcalá la Real. (Foto: EFE)
Agentes de la Guardia Civil junto al asesino de Alcalá la Real. (Foto: Efe)

El jurado popular, conformado por cinco hombres y cuatro mujeres, necesitó apenas tres horas para declarar a Nazzaryn culpable de asesinato y violación.

El acusado sostuvo en el juicio que la muerte Khawla sobrevino por practicar de forma «consentida» el juego de la asfixia y que la violación se produjo cuando la menor ya había fallecido, pero el jurado rechazó tales extremos. «No es posible matar a una persona por asfixia sin querer y sin darse cuenta», manifestó la fiscal. La niña perdió el conocimiento a los 30 segundos, aunque su «agónica» muerte tardó entre cuatro y cinco minutos en llegar.

Las forenses determinaron que el autor del crimen es un «psicópata» que padece un «trastorno antisocial de la personalidad». «Le daba igual ir a la cárcel», añadieron. Aunque inicialmente el acusado fue enviado a la prisión de Jaén, la agresión a dos funcionarios provocó que fuera trasladado a la cárcel de Albolote (Granada), donde permaneció a la espera de la celebración del juicio.

Únicamente antes de que el jurado se retirara a deliberar, Nazzaryn mostró síntomas de arrepentimiento: «Sólo quiero pedirle perdón primero a mi familia y a mi madre, a la que he hecho sufrir mucho, y especialmente a la familia de Khawla, a su madre y a su hermano. Nunca fue mi intención hacerle daño, pero hice una cosa increíblemente estúpida y peligrosa y me arrepiento muchísimo. Lo siento, de verdad. Eso es todo».

Nazzaryn ya fue condenado cuando tenía 15 años por intentar agredir sexualmente a una mujer, y tras la muerte de Khawla se le encontraron archivos de pornografía infantil. «No les tiemble el pulso. Si saliera de la cárcel probablemente volvería a hacer lo mismo», señaló la fiscal al jurado antes de su veredicto.

Los hechos

Finalmente, el tribunal popular asumió como suyo el planteamiento de la Fiscalía, que sostenía que sobre las 20:13 horas del 15 de febrero de 2022, el acusado, que sólo conocía a la menor de haber coincidido con ella en dos ocasiones, una de ellas esa misma tarde, acudió a las ruinas de Santo Domingo, en las inmediaciones de la Fortaleza de la Mota, con «la excusa de mostrarle las vistas que desde ese lugar» hay de Alcalá la Real.

Fortaleza de la Mota, en Alcalá la Real.

Una vez allí, subieron hasta una oquedad existente en el muro lateral de dicha iglesia, a más de dos metros altura, para lo que tuvieron que utilizar una escalera de madera que se encontraba allí apoyada. Fue entonces cuando el joven intentó «extralimitarse dándole un beso a la menor», a lo que ésta se negó.

La niña acabó violada y asesinada por estrangulamiento. Cuando ya estaba muerta, el joven tomó fotos de su cadáver y se las envió a un amigo. «Yo no valgo para existir en este mundo, no estoy hecho para vivir en sociedad», le dijo. Sobre las 21:36 horas, a instancias de otro amigo, llamó al 112 para confesar que había matado a «una chica» y decir desde dónde llamaba. Fue localizado en el recinto de la Fortaleza de la Mota, pero a partir de ahí se negó a colaborar con los agentes. Tas varias batidas nocturnas, el cuerpo de Khawla, que yacía sin ropa, fue hallado en un alféizar de las ruinas, un lugar de difícil acceso, gracias a las cámaras de seguridad de la zona.

Primera prisión permanente en Jaén

Ésta es la primera sentencia de la Audiencia de Jaén que dicta la pena de prisión permanente revisable, tal y como había pedido la Fiscalía y la acusación particular. El Ministerio Público ha subrayado que la sentencia acoge en su integridad todas sus peticiones.

El abogado de la acusación particular, Juan José Moreno, ha expresado su satisfacción por la sentencia. «Satisfechos por el resultado, y orgullosos de hacer historia. Es la primera sentencia que impone la prisión permanente revisable en Jaén», ha indicado el letrado en declaraciones a Europa Press.

Respecto a las accesorias, la sentencia prohíbe al condenado comunicarse por cualquier medio y aproximarse a la familia de la menor a una distancia inferior a 500 metros durante 20 años. Además, por el mismo periodo de tiempo, se le impone la medida de libertad vigilada consistente en la prohibición de residir, entrar o permanecer en la localidad de Alcalá la Real.

En lo que respecta al delito de agresión sexual, también se establece como accesoria la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante los 20 años siguientes a los 15 de privación de libertad impuestos por este delito.

En concepto de responsabilidad civil se le condena a indemnizar a la familia de la víctima en 355.000 euros, además del pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.

La sentencia de la Audiencia de Jaén no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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