Tribunales

Absuelta la socialista que compró unas láminas de Goya ahora desaparecidas porque lo hizo «sin observar»

Josefa Cruz
Josefa Cruz.

El Juzgado de lo Penal 3 de Almería ha absuelto a la ex concejal socialista de Carboneras, Josefa Cruz, acusada de presuntos delitos de prevaricación y malversación por comprar con dinero público 80 láminas de Francisco de Goya ahora desaparecidas. La ex edil, que gastó en ello más de 3.200 euros, dijo en el juicio no tener constancia de su actual paradero.

El tribunal considera que Josefa Cruz adquirió las estampas de Goya «fuera del ámbito de sus competencias» o «sin observar» el procedimiento establecido por la Ley, y que tampoco queda acreditado que «participase en la desaparición de las láminas».

La Fiscalía recalcó que las estampas «jamás» fueron expuestas al público «ni utilizadas ni visionadas por ninguna persona amén de la acusada, estando desaparecidas desde fecha indeterminada». La compra de los 80 facsímiles de grabados de Goya, que se hizo junto a una colección de monedas de oro que sí fue hallada en la caja fuerte, fue un «gasto innecesario», apuntó el Ministerio Fiscal.

Por su parte, Cruz alegó en el juicio que «podía comprar» bienes por hasta 18.000 euros mediante una resolución de su área, que adquirió las 80 láminas de Goya para «incrementar el patrimonio» del Consistorio y que cuando llegaron a dependencias municipales, el alcalde, entonces el socialista Cristóbal Fernández -condenado recientemente por prevaricación-, «las vio y se quedaron en el archivo».

La juez no ve delito

La sentencia, consultada por Europa Press, concluye que la ex concejal no incurrió ni en prevaricación ni en malversación de caudales públicos, delitos por los que el fiscal interesaba penas de un año de prisión, cuatro meses de multa a razón de diez euros al día e inhabilitación especial para empleo o cargo público por periodo de ocho años.

La juez indica que, de la prueba practicada en juicio, se desprende que la adquisición de las láminas se trataba de un contrato menor por razón de la cuantía, ya que el precio de compra fue de 3.250 euros, y que conforme a la legislación vigente en la fecha del contrato, sólo exigía la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente.

La magistrada alude a la resolución de la Concejalía de Cultura de la que era titular Josefa Cruz, por la que se acuerda la aprobación del gasto correspondiente a la ejecución del contrato de suministro de 80 estampas, edición facsímile de Los Desastres de la Guerra de Goya, y a un documento aportado por el letrado de la defensa al comienzo del acto del juicio como cuestión previa; en concreto, certificado obtenido a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Carboneras donde se recoge el acuerdo adoptado en sesión plenaria extraordinaria de 17 de julio de 2007, por el que se le designa como concejal delegada.

«El contrato se celebró en el ámbito de sus competencias, siendo por lo demás dicha adquisición conforme al procedimiento legalmente establecido según la normativa vigente en aquella fecha», remarca la juez, que añade que la conducta de la ex edil «no puede ser calificada como arbitraria o alejada del interés público al ser manifiesto que una colección de estampas o facsímiles que reproducen una serie pictórica de un afamado pintor presenta un evidente interés cultural».

Según recoge en la sentencia, «la valoración del carácter superfluo» del gasto para el erario público o la «conveniencia» de efectuar el correspondiente desembolso no resulta «fiscalizable» en sede penal «al tratarse de un acto realizado por la acusada en el ámbito de sus competencias».

Con respecto al delito de malversación de caudales públicos que se le imputaba, apunta que, de acuerdo a la prueba practicada en la vista oral, «no es posible deducir de modo terminante y sin atisbo de duda» su «participación» en la desaparición de la colección, que «no ha sido localizada en ninguna de las dependencias del Ayuntamiento de Carboneras ni figura en el inventario de bienes de la corporación local».

La sentencia hace referencia en este punto a la declaración de Josefa Cruz, quien aseguró que «las láminas quedaron depositadas en el archivo del Ayuntamiento cuando tuvo lugar el cambio de gobierno», lo que fue «respaldado» por la testifical del ex alcalde. Asimismo, señala que el denunciante, el también ex regidor Salvador Hernández, refirió que resultaron «infructuosas las gestiones realizadas para la averiguación de su destino o ubicación», que «ningún miembro del personal del Ayuntamiento manifestaba haberlas visto» y que además «no figuraban ni tan siquiera incluidas en la relación de bienes materiales del Ayuntamiento».

No obstante, se centra en una documental; en concreto en una copia compulsada de un certificado del ex secretario interventor de julio de 2011 que reza que «la colección se encontraba en el archivo municipal y, en consecuencia, que Josefa Cruz no era depositaria ni tenía respecto a las mismas obligación alguna de custodia».

«En modo alguno puede inferirse que la pérdida o extravío resulte atribuible a la acusada, ni existe prueba alguna que acredite que la misma se hubiera apoderado de las láminas, sobre todo, teniendo en cuenta además lo manifestado el ex secretario en cuanto a que en varias ocasiones y después de ausentarse momentáneamente para desayunar con el compañero que guardaba las llaves, se encontraban al regresar que la puerta del archivo estaba abierta, por lo que personas no autorizadas y cuya identidad no consta tenían acceso a su interior», concluye.

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