Un operario de la DGT lo cuenta todo: el truco para saber dónde están los radares
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El exceso de velocidad es una de las infracciones más comunes en las carreteras españolas, y también una de las más peligrosas, ya que aumenta exponencialmente el riesgo de accidente. Para reducir la siniestralidad, la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene más de 2.100 radares repartidos por todo el territorio nacional. Radares fijos, móviles y de tramo que ahora un operario de este organismo ha revelado un truco muy sencillo para saber dónde están.
Muchos de los radares se ubican detrás de los carteles o del panel informativo de un pórtico de carretera, algo que es imposible de apreciar a simple vista. Ahora bien, el truco es relativamente sencillo: solo tienes que fijarte en los pilares laterales del pórtico. Si observas que hay una escalerilla metálica, es muy probable que haya un radar en lo alto del arco.
Y es que, los operarios de la DGT necesitan esta escalerilla para realizar las tareas de mantenimiento y de reparación de los cinemómetros. Se trata de un detalle que se puede comprobar en cuestión de segundos. Eso sí, mucho cuidado con frenar de golpe ante la presencia de un radar ya que, además de ser muy peligroso, también está considerado una infracción y, por lo tanto, conlleva una multa.
El artículo 53 del Reglamento General de Circulación establece lo siguiente: «Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir la velocidad de su vehículo, deberá cerciorase de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y estará obligado a advertirlo previamente, sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo».
Cabe señalar que las sanciones por exceso de velocidad oscilan entre los 100 euros sin pérdida de puntos y los 600 euros y la pérdida de seis puntos. Esta infracción también puede suponer un delito contra la seguridad vial y acarrear penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos sociales de 31 a 90 días. Y siempre la retirada del carnet de conducir entre uno y cuatro años.
Inhibidores y detectores de radar
Los avisadores de radar sí están permitidos por ley. Son las aplicaciones móviles y los GPS, que se nutren de la información publicada por la propia DGT sobre la posición de los radares fijos y de tramo en las carreteras.
Mientras, los detectores rastrean y localizan radares cercanos y los inhibidores, además de rastrearlos, también anulan su funcionamiento. Estos últimos están completamente prohibidos.
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