Los descuentazos llegan a la DGT: podrás pagar menos por estas multas
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Cada vez que nos ponemos en la carretera, ya sea para un largo trayecto o uno de corta distancia, debemos fijarnos bien y respetar al máximo el código de circulación. Principalmente para evitar accidentes, pero también para que no acabemos siendo multados, ya que cualquier tipo de infracción cometida que sea multada puede acarrear el pago de elevados importes. Sin embargo la DGT aplica descuentazos en algunas de esas multas, de modo que será bueno saber cuáles son para pagar menos.
Descuentazos para las multas de la DGT
A la hora de multarnos, la DGT considera tres tipos de infracciones. Están las que son leves, con un importe de 100 euros, las multas por infracciones graves que tienen un importe de 200 euros, o las que son graves y que implican una multa de 500 euros.
De este modo cualquiera de estas multas puede afectar a la economía familiar, pero además debemos ir con cuidado ya que si somos imprudentes, y cometemos alguna de las infracciones por las que la DGT prohíbe activar la opción de pronto pago, ya no podremos ni tan siquiera pagar la multa con una reducción del 50%.
En este sentido se trata de multas como: conducir un vehículo con inhibidor de radar instalado, ocultar nuestra matrícula, falsificar la identidad del conductor que cometió la infracción, hacer obras la vía o una señalización sin los permisos necesarios, o desobedecer las normas establecidas para actividades comerciales que tienen un impacto en la seguridad vial. En todas estas situaciones, la Dirección General de Tráfico (DGT) no nos deja pagar la multa con reducción.
Las multas por las que podrás pagar menos
Sin embargo, en el resto de multas sí que podemos utilizar la opción de pronto pago para recibir un 50% de descuento a la hora de pagarla, lo que supondrá un buen ahorro a pesar de haber sido multados.
La reducción sin embargo, tiene truco porque lo que se consigue es que la mayoría de los infractores desistan de recurrir la multa (lo que eliminaría directamente la opción de pago puntual), pero también es verdad que alivia el bolsillo de quien ha sido multado o le ha llegado la notificación a casa, ya sea por ejemplo, por exceso de velocidad, consumo de alcohol y drogas, no llevar abrochado el cinturón de seguridad, o utilizar el teléfono móvil, conducir con la ITV caducada, no disponer de algún complemento del coche homologado o conducir en estado de embriaguez.
El riesgo de no pagar la multa
¿Y qué pasa si no pago la multa en el plazo voluntario de 20 días? Pues que esta aumentará automáticamente al 100% del total y si no se paga en otros 25 días, la Agencia Estatal de Administración Tributaria se encargará de cobrarla con un recargo del 20%.
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