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Varapalo para Sanidad: un juzgado le obliga a desvelar el precio del fármaco contra la covid remdesivir

El juzgado sostiene, en contra de lo alegado por Sanidad, que la información solicitada no vulnera el derecho constitucional a la igualdad ni la protección de los intereses económicos y comerciales

Tampoco cree que los datos solicitados afectaran la protección del secreto profesional y de la propiedad intelectual e industrial

  • Diego Buenosvinos
  • Especialista en periodismo de Salud en OKDIARIO; responsable de Comunicación y Prensa en el Colegio de Enfermería de León. Antes, redactor jefe en la Crónica el Mundo de León y colaborador en Onda Cero. Distinguido con la medalla de oro de la Diputación de León por la información y dedicación a la provincia y autor de libros como 'El arte de cuidar'.

El juzgado central de lo contencioso-administrativo número 4 de Madrid ha obligado al Ministerio de Sanidad a publicar, como le instó el Consejo de Transparencia, el precio de financiación y su impacto en el presupuesto sanitario del fármaco Remdesivir para el tratamiento de la covid-19 grave.

La sentencia, que es recurrible ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, desestima así el recurso que Sanidad interpuso contra la resolución de Transparencia de marzo de 2023 en la que atendió la petición que un año antes habían hecho Salud por Derecho y la OCU -en nombre de la campaña No es Sano- para que desvelara el coste y el impacto de este fármaco comercializado por Gilead.

El juzgado sostiene, en contra de lo alegado por Sanidad, que la información solicitada no vulnera el derecho constitucional a la igualdad ni la protección de los intereses económicos y comerciales porque lo que se reclamaba es conocer el precio fijado por la Administración y las condiciones finales en que se iba a financiar, pero no los aspectos en base a los cuales se determinó la cantidad.

Tampoco cree que los datos solicitados afectaran la protección del secreto profesional y de la propiedad intelectual e industrial, así como a la garantía de confidencialidad y la defensa de la competencia.

Y añade, recogiendo una reciente sentencia de la Audiencia Nacional, que «el conocimiento del consumo o precio de un determinado medicamento supera con mucho el interés particular del laboratorio para que no se ofrezca dicha información sobre la base de su simple interés particular».

Para las organizaciones de No es Sano, el fallo es «un paso muy importante en el ámbito de la transparencia» porque «los intereses privados no pueden estar por encima del interés público y eso es lo que ampara esta sentencia», ha señalado Vanessa López, directora de Salud por Derecho.

Aunque lamenta que la transparencia en el precio y la financiación de los fármacos «no puede ser a golpe de sentencia» porque para llegar aquí se han necesitado dos años. «Necesitamos que la Administración adopte una actitud más proactiva y la aplique como parte de la rendición de cuentas a la ciudadanía», concluye.

Por su parte, Ileana Izverniceanu, directora de Comunicación y de Relaciones Institucionales de OCU, ha añadido que «es fundamental que se sigan produciendo avances en transparencia» porque este tipo de información de interés público «debe estar disponible para los usuarios».