País Vasco
Tribunales

La diputada etarra Aizpurua se enfrenta a la Seguridad Social por sus cobros de la TV pública vasca

La dirigente de Bildu cobraba 70 euros por cada una de las 18 intervenciones que realizó en la ETB

La diputada y portavoz parlamentaria de Bildu, Mertxe Aizpurua, se ha enfrentado judicialmente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a cuenta de sus sus intervenciones como tertuliana en programas de la televisión pública vasca ETB. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha sentenciado, tal como pedía, que sus colaboraciones entre 2015 y 2020 eran de naturaleza mercantil y no laboral. Ahora cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Aizpurua fue condenada a un año de cárcel por apología del terrorismo de ETA a través del diario que ella editaba. La ahora dirigente del partido de la izquierda abertzale fue condenada en 1984 cuando era editora de la revista proetarra Punto y Hora de Euskal Herria. Publicó un editorial titulado «Por los gudaris de ayer y hoy» y una entrevista a José Manuel Alemán, diputado de Herri Batasuna y hermano de José Javier Alemán, un etarra fallecido durante la manipulación de explosivos que iban a ser usados para un atentado. Todo ello en el número 320 de la revista, dedicado a los etarras muertos.

Ahora sigue ligada a los medios de comunicación vascos. La televisión pública de País Vasco le ha dado voz y le ha provocado un pleito judicial. Según la sentencia de segunda instancia, que desvela OKDIARIO, la Seguridad Social inició en octubre de 2019 una investigación para determinar si las relaciones entre EITB Media y diversos colaboradores eran laborales o mercantiles. Este procedimiento derivó en un litigio en el que tanto la cadena pública como Aizpurua defendieron el carácter no laboral de las intervenciones.

El tribunal ha desestimado el recurso de suplicación presentado por la Seguridad Social, confirmando la sentencia de primera instancia que ya había declarado que «el vínculo que existió entre Aizpurua y la empresa EITB Media, SA, entre el 1 de octubre del 2015 y el 31 de diciembre del 2020, no fue un vínculo de naturaleza laboral». 

Se trata, por ahora, de una victoria para la líder proetarra gracias a los jueces que Bildu tantas veces ha criticado por condenar a etarras, atacar el idioma vasco, etc. «No hay independencia del poder judicial», dijo Arnaldo Otegi recientemente.

Los magistrados han considerado determinante el carácter esporádico de las colaboraciones de Aizpurua. El relato de hechos probados señala que entre enero de 2015 y diciembre de 2016 participó en un total de 18 ocasiones en los programas Azpimarra y Ahoz aho, concretamente «once participaciones en el programa Azpimarra y siete participaciones en el programa Ahoz aho».

Facturas mensuales

Por estas intervenciones, Aizpurua percibía aproximadamente 70 euros por programa, cantidad que, según la sentencia, «tiene como objeto compensar los gastos de desplazamiento». Para recibir estos pagos, la política emitía «facturas mensuales, en las que constaba el número de sus participaciones, y una cantidad por cada participación, estas facturas incluían el impuesto sobre el valor añadido y una retención fiscal».

La magistrada ponente, apoyándose en criterios ya establecidos por el tribunal en casos similares, ha valorado especialmente la falta de «continuidad, regularidad y permanencia de la relación» como elemento clave para descartar la laboralidad. También ha tenido en cuenta que Aizpurua no es tertuliana profesional sino que desarrolla principalmente actividad política.

El fallo señala expresamente y de forma detallada la trayectoria profesional y política de Aizpurua, indicando que «es licenciada en Ciencias de la Información, y su vida profesional comprende el periodismo, ya que ha sido editora de los periódicos Egin y Punto y Hora de Euskal Herria y fundadora del diario Gara, la literatura, ya que ha escrito un libro Argala, pensamiento en acción, y la política, pues fue alcaldesa de Usurbil, y en la actualidad es diputada en Cortes por Gipuzkoa, y portavoz del grupo parlamentario EH Bildu». En eses

Este caso se enmarca en una investigación más amplia iniciada por la Inspección de Trabajo en marzo de 2016 sobre la relación de EITB con sus colaboradores. Según indica la sentencia, la actuación inspectora afectó a unas trescientas personas, siendo mayor su incidencia en Gipuzkoa.

Como consecuencia de estas actuaciones, EITB Media creó «una nueva categoría profesional, denominada adituak o artista profesional, en la que se incluyen los expertos en diversas materias a los que recurre en ocasiones para informar o ampliar las noticias que emite», aunque «en esta categoría profesional no se incluyen a aquellas personas que se limitan a dar su opinión sobre los temas que se les pregunta».

La sentencia supone un precedente judicial que establece una distinción entre los colaboradores profesionales habituales en medios de comunicación, cuya relación podría considerarse laboral, y aquellos que intervienen de forma esporádica por su relevancia pública o conocimientos específicos, manteniendo con el medio una relación mercantil. Multitud de políticos que acuden a las televisiones cobrando y sin cobrar tomarán, a buen seguro, buena nota de esta sentencia judicial.