Absuelto un conductor tras ser cazado a 228 km/h. ¿Cómo lo ha hecho?

Ser cazado por un radar de velocidad a 228 km/h e irte de rositas es prácticamente imposible. O lo era, según un caso del que ahora hemos tenido constancia. Los hechos sucedieron en junio de 2017, cuando el conductor de un Volkswagen Golf fue cazado a esta velocidad mientras circulaba por la autovía A-62. Una vez registró el radar el exceso -de 108 km/h-, la Guardia Civil dio el alto al individuo con el fin de proceder a su detención, pues estamos hablando de un delito contra la seguridad vial que lleva aparejado una multa de 1.620 euros y la retirada del carnet de conducir.

La clave de todo este asunto la tiene la pregunta formulada por los agentes cuando dieron el alto al coche, algo que sucedió 40 kilómetros más adelante de donde se produjo la infracción y más de una hora después. “¿Sabe usted por qué le hemos parado?”. Éstas fueron las palabras del agente, que seguro que más de uno de vosotros ha oído exactamente así en alguna ocasión. El conductor respondió de una forma tibia, pero asumiendo la culpabilidad que se le presuponía. Una vez detenido, nuestro protagonista, que viajaba con su pareja, se acogió a su derecho de no declarar ante la Guardia Civil.

Todo esto nos lleva al juicio rápido que se celebró, siendo condenado por el juez a pesar de afirmar que no era él quien conducía en ese momento. La versión del acusado indicaba que su pareja era la que conducía, habiendo realizado el cambio de conductor en un pueblo de camino. Como el radar en cuestión no captó el rostro de quien iba al volante, solamente las preguntas de la Guardia Civil y las respuestas de este señor quedaban como pruebas, admitidas en un primer momento.

No contentos con la sentencia por parte del acusado, el caso acabó con una apelación de la que el infractor sí que salió airoso. ¿Por qué? Porque la Audiencia Provincial de Salamanca determinó que los agentes habían vulnerado la presunción de inocencia del conductor al coaccionarle con su forma de preguntar. De esta manera, la principal prueba que culpaba a nuestro protagonista quedaba anulada. Era entonces su palabra contra de los agentes. En estos casos, por ley, la razón cae del lado del acusado. Y es que, en este caso, aunque la Audiencia cree firmemente que estaba ante el infractor, el haberle exigido durante el juicio que identificase al otro conductor le convertía en inocente. En definitiva, una situación que, por un detalle aparentemente nimio, ha acabado por convertirse en un precedente, cuanto menos, interesante.