El instructor que falleció en el accidente del caza F-5 no tenía las prácticas necesarias
El comandante Ángel Álvarez Raigada, fallecido en el accidente del caza F-5 ocurrido en Talavera la Real (Badajoz) en 2012, no contaba con las prácticas necesarias para ser instructor de vuelo. Por este hecho, el teniente coronel responsable de su expediente académico se encuentra investigado penalmente junto a otros cargos del Ejército del Aire.
El accidente, ocurrido hace siete años, dejó gravemente herido al alumno Sergio Santamaría, que tenía por delante una prometedora carrera como piloto de combate, un puesto muy exigente al que apenas acceden ocho personas al año. Santamaría pasó varios meses con prácticamente todo el cuerpo roto, a excepción de la cabeza, y tuvo que hacer una larga recuperación en el Hospital de Parapléjicos de Toledo.
OKDIARIO ha tenido acceso en exclusiva al expediente académico del instructor fallecido Álvarez Raigada, recogido en el auto de elevación a sumario de la magistrada Patricia Moncada Lázaro. En él se refleja que el militar no completó su formación. En una de las fases de su preparación, el Plan de Instrucción 1, «realizó una formación teórica precaria» y «no consta que se le evaluara sobre conocimientos del avión y procedimientos normales y de emergencia».
No terminó de formarse
También especifica que de tres misiones exigidas en las prácticas de simulador, el instructor fallecido tan sólo realizó una. En el Plan de Instrucción 2, Álvarez Raigada “no realizó las dos semanas en las que se debían haber impartido las clases teóricas de procedimientos normales y de emergencia” y tampoco hizo ninguna de las cinco misiones exigidas de las pruebas del simulador. Tampoco consta que se evaluarán sus conocimientos sobre el avión y sus sistemas ni sobre «procedimientos normales y de emergencia».
Tampoco cumplimentó los diversos Planes de Adiestramiento Básico, otra de las fases de su formación. En la fase teórica del primer plan “no consta que recibiera ninguna de las 24 sesiones”, y en la fase práctica “no realizó ninguna de las seis misiones de simulador exigidas” y sólo hizo cinco misiones de vuelo de las 22 requeridas. El segundo Plan de Adiestramiento Básico se lo saltó. Durante el tercer Plan de Adiestramiento Básico “no recibió las 24 sesiones que debían impartirse” en la fase teórica y tampoco efectuó ninguna de las seis misiones de simulador exigidas.
Sólo realizó 6 de las 22 misiones de vuelo requeridas. De esta manera, la titular del Juzgado Togado Militar Territorial número 12 que instruye el caso, concluye asegurando que el militar fallecido no cumplimentó su preparación, hecho por el que nunca podía haber sido instructor.
El Ejército le ha ascendido
A pesar de que el instructor Álvarez Raigada no finalizó su formación académica para lograr ser instructor de vuelo, su superior, un teniente coronel del Ejército del Aire emitió una resolución notificando que “cumplía los requisitos”. Por este hecho la magistrada Moncada atribuye al alto mando militar los presuntos delitos de deslealtad en relación con la conducta sobre la indebida concesión de calificaciones vuelo. Sin embargo, el Ejército del Aire en abril de 2018 ascendió a ese alto mando investigado penalmente. Recientemente ha tomado posesión como nuevo delegado de Defensa en Extremadura.
Junto al alto mando del Ejército del Aire y otros dos responsables de la instrucción del comandante fallecido, también están siendo investigados penalmente otros mandos militares, entre los que se encuentra un comandante, por no controlar la actividad de mantenimiento del material aéreo; y un subteniente, presuntamente, por la indebida gestión de los recursos contra incendios.
El Ejército del Aire, ante la llamada de este periódico, decide mantenerse al margen y no hacer ninguna valoración. «Nuestra obligación es respetar los tiempo de la justicia y cumplir su resolución cuando esta se produzca», han asegurado. Sin embargo, desde la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (ASFASPRO) explican que se trata de un caso «muy grave» y que «los militares tienen derecho a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el ejercicio de su actividad».
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