Varapalo del Supremo a Trump: suspende las expulsiones de inmigrantes basadas en una ley de guerra de 1798
La Justicia paraliza paraliza así la deportación del grupo de unos 30 venezolanos del centro de detención Bluebonnet de Texas
El Gobierno de Donald Trump usa la Ley de Enemigos Extranjeros, de 1798, para justificar las deportaciones de inmigrantes
Las expulsiones de inmigrantes están temporalmente suspendidas en EEUU. El Tribunal Supremo del país ha ordenado al Gobierno presidido por Donald Trump que paralice la deportación del grupo de unos 30 venezolanos que se hallan en el centro de detención Bluebonnet de Texas y que planeaban ser trasladados a la prisión de alta seguridad de Nayib Bukele en El Salvador utilizando una ley de 1798 prevista para tiempos de guerra, la Ley de Enemigos Extranjeros.
«Se ha presentado ante el Tribunal una solicitud en nombre de un grupo putativo de detenidos que solicitan una orden judicial contra su expulsión en virtud de la Ley de Enemigos Extranjeros. El asunto se encuentra actualmente pendiente ante el Quinto Circuito. Una vez que el Quinto Circuito se pronuncie, se invita a la fiscal general a presentar una respuesta a la solicitud ante este Tribunal lo antes posible. Se ordena al Gobierno que no expulse de los Estados Unidos a ningún miembro del grupo putativo de detenidos hasta nueva orden de este Tribunal», dice la decisión del Supremo.
Es decir, que con esta decisión se paraliza la deportación de inmigrantes que Donald Trump está llevando a cabo a El Salvador. La llamada Ley de Enemigos Extranjeros que emplea la Casa Blanca es una ley usada en tiempos de guerra de 1798 y con ella acusa a los inmigrantes de pertenencia a organización terrorista para justificar su expulsión. En el caso del grupo de unos 30 venezolanos han sido acusados de pertenecer a la organización criminal Tren de Aragua.
La ley solo se ha invocado en tres ocasiones anteriores en la historia de Estados Unidos, la más reciente durante la Segunda Guerra Mundial para recluir a civiles estadounidenses de origen japonés en campos de internamiento.
Otro juez también prohíbe a Trump las deportaciones
Por otro lado, un juez federal ha resuelto que Trump no podrá deportar a personas no estadounidenses a terceros países, distintos de su lugar de origen, sin respetar el debido proceso, lo que incluye permitirles plantear preocupaciones sobre su seguridad.
EEUU puede a día de hoy deportar a personas extranjeras a un país distinto del suyo, incluso si un juez de inmigración ordena su traslado a un lugar donde corran el riesgo de ser torturadas o asesinadas, sin darles la posibilidad de advertir a las autoridades responsables de la deportación sobre el grave peligro o amenaza de muerte que enfrentan, ha subrayado el magistrado Brian Murphy en una orden judicial.
Murphy ha alertado que el gabinete de Trump «ha aplicado y seguirá aplicando la supuesta política de expulsar a extranjeros a terceros países sin previo aviso ni oportunidad de ser escuchados sobre reclamos basados en el miedo; en otras palabras, sin el debido proceso».
Así las cosas, el juez ha aseverado que su orden busca prevenir el «daño irreparable» –persecución, tortura y muerte– al que pueden enfrentarse estas personas en los países a los que se las envía, donde frecuentemente no tienen la oportunidad de impugnar ante la Justicia su deportación.
En la misma línea, el fallo de Murphy obliga a la Casa Blanca a notificar por escrito a los extranjeros antes de deportarlos a un tercer país, así como a garantizarles una «oportunidad significativa» para manifestar sus inquietudes en materia de seguridad, ofreciéndoles un plazo mínimo de 15 días para solicitar la reapertura de sus procesos migratorios.
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