España
Las rebajas de la ley del "solo sí es sí".

El violador de una mujer de 60 años rebaja su pena a 3 años gracias a la ley del ‘sólo sí es sí’

El violador de una mujer de 60 años rebaja su pena a 3 años gracias a la ley del sólo sí es sí. Esta vez ha ocurrido en Barcelona. Allí, la Audiencia Provincial acaba de condenar a tres años y 10 meses de prisión a un agresor sexual. Lo hace en el juicio tras aplicarle, sin petición previa de la defensa, una reducción de varios años en la pena para «compatibilizarlo con lo previsto por la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual más conocida como la Ley del sólo sí es sí.

Los hechos probados en la sentencia se remontan a mayo de 2021 cuando el agresor llamó a la víctima, conocida del barrio, pidiéndole ayuda para cocinar una receta culinaria. La mujer acudió al domicilio del sujeto, donde nada más entrar fue agarrada por la muñeca e introducida en una habitación oscura, empujada boca abajo en un sofá. El procesado le introdujo un calcetín en la boca para evitar que gritara, la desnudó a la fuerza y la agredió sexualmente.

Frente a la petición de doce años de cárcel por parte de la acusación particular, y ocho años por parte de la fiscalía, la sección sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, explica en la sentencia de 27 de septiembre de 2022, que el delito de agresión sexual cometido por el enjuiciado se castiga en la actualidad con una pena de 6 a 12 años.

Sin embargo, el tribunal admite dos atenuantes y sitúa la pena en la horquilla de 3 a 6 años, por haber cumplido por adelantado con el pago de la indemnización a la víctima y por una afectación leve debido al consumo de drogas.

Aquí es cuando el tribunal puntualiza, sin que la defensa lo hubiera solicitado con anterioridad, que «parece razonable compatibilizar las penas» con lo previsto por la ley del sólo sí es sí y en consecuencia reducir la pena a dos años con la aplicación de los dos atenuantes.

En ese contexto, el condenado podía eludir la entrada en la cárcel pidiendo una suspensión de condena por lo reducido de la pena, pero es cuando el tribunal añade en última instancia un agravante de superioridad física «por tratarse de una mujer de 60 años y porque el acusado se dedica al culturismo» que termina dejando la pena en tres años y diez meses impidiendo la posibilidad de que el violador quede en libertad tras el juicio.

No se trata tan solo de las «rebajas» en las revisiones de las condenas por la aplicación retroactiva de la ley del sólo sí es sí. También hay un goteo continuo de sentencias actuales en las que decenas de agresores sexuales ven como las sentencias que les condenan adelgazan reduciendo los años que pasarán entre rejas acercando su puesta en libertad.