El Supremo apunta a Moncloa: la Fiscalía filtró el mail tras «indicaciones de Presidencia del Gobierno»
El juez Ángel Hurtado procesa al fiscal general del Estado por revelación de secretos contra la pareja de Ayuso


El juez del Tribunal Supremo, Ángel Hurtado, ha acordado procesar al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, por un delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. En su auto, el magistrado destaca especialmente la filtración del correo electrónico en el que el empresario se ofrecía a reconocer delitos para pactar. Insiste en que la Fiscalía actuó tras recibir «indicaciones» del Gobierno.
Así, el juez señala que cabe presumir como hechos que «a raíz de indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno», el fiscal general del Estado, «con la finalidad de ganar el relato a esa información por parte de la Fiscalía” sobre de quién había surgido la iniciativa para llegar a un acuerdo en un pacto de conformidad penal, «entró en una dinámica de un frenético intercambio de comunicaciones entre distintos fiscales, principalmente a través del sistema de mensajería mediante WhatsApp, para preparar una respuesta, y dejar bien claro que, a juicio del investigado, la Fiscalía no había ofrecido ningún pacto de tal tipo». El juez hace referencia a una información publicada entonces por el diario El Mundo, según la cual la Fiscalía había ofrecido a la pareja de Ayuso un pacto para admitir dos delitos fiscales.
La decisión del juez Hurtado tiene lugar ocho meses después de que el Supremo asumiera la investigación el pasado octubre. El juez sostiene que García Ortiz facilitó a un medio de comunicación, concretamente a la Cadena SER el contenido del mail del 2 de febrero, sujeto a «criterios de reserva y confidencialidad».
Hurtado también destaca que, «paralelamente, desde Fiscalía General del Estado, y antes de que hubiera tenido difusión por otros medios el correo de 2 de febrero de 2024», se envió copia del mismo a la entonces asesora de Moncloa Pilar Sánchez Acera, «quien hizo uso de él, dando instrucciones a Juan Lobato, portavoz del grupo parlamentario Socialista en la Asamblea de Madrid, para que lo exhibiese en su intervención en la sesión del día 14 de la Asamblea de la Comunidad de Madrid, en contra de la Presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso».
El Supremo destaca igualmente que el correo «contenía información sensible relativa a aspectos y datos personales de un ciudadano, que habían sido aportados con vistas y a los efectos de un ulterior proceso penal, en el curso de unas conversaciones privadas entre su letrado y el fiscal encargado del caso, sujetos a los criterios de reserva y confidencialidad por parte de la Fiscalía, que han de presidir este tipo de conversaciones», por lo que afirma que «no es tolerable divulgación alguna a terceros sin autorización del interesado, cuya reputación bien pudiera verse perjudicada por esa revelación».
Así las cosas, para Hurtado la «filtración del correo pone en cuestión el prestigio de la institución, con el menoscabo que ello comporta, si ponemos la mira en el cometido y función constitucional que le viene encomendada al Ministerio Fiscal, sujeto en esa función a principios como el de legalidad e imparcialidad, que pueden quedar en entredicho en la medida que su actuación se viera comprometida por indicaciones externas, y, sin duda, tener indudables efectos perjudiciales en el fundamental derecho de defensa del afectado».
El instructor indica que «todo ello fue asumido por los investigados, desde el momento que, a una información confidencial de la que tuvieron conocimiento por razón de sus respectivos cargos como fiscales, le dan una publicidad que no debió alcanzar, como alcanzó, al salir del ámbito de reserva para el que fue concebida».