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Sánchez enchufa a Valerio en el Consejo de Estado tras anular el Supremo su nombramiento como presidenta

El Supremo negó que fuera una "jurista de reconocido prestigio" aunque admitió su "sobresaliente trayectoria"

Magdalena Valerio
Magdalena Valerio, ex ministra de de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. (EP)
Rafael Molina

El Gobierno de Pedro Sánchez ha sorteado el veto del Tribunal Supremo al nombramiento como presidenta del Consejo de Estado de Magdalena Valerio, ex ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, y la ha nombrado como miembro de ese organismo. En su momento, el Alto Tribunal anuló la designación de la política socialista porque no cumplía con el requisito de ser un jurista de reconocido prestigio, uno de los dos requisitos exigidos para ocupar ese puesto.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el real decreto, firmado por el jefe del Ejecutivo, sobre el nombramiento de Valerio como miembro permanente y presidenta de la Sección Segunda del Consejo de Estado. Lo hace después de que este martes el Consejo de Ministros adoptara esta decisión.

La ex ministra volverá a ocupar un puesto en esta institución tras haber sido presidenta de la misma entre noviembre de 2022 y febrero de 2024. Entonces, el Supremo atendió al recurso de la Fundación Hay Derecho, dando la razón a esta entidad en que Valerio no cumplía con uno de los dos requisitos legales, el de tener experiencia en asuntos de Estado. Las dos exigencias que se deben cumplir como presidente del Consejo de Estado son el de tener prestigio jurídico y conocimiento experto de los asuntos de Estado.

La decisión del Alto Tribunal se justificaba en que el artículo que recoge esas dos exigencias es «cristalino» y que «no hay excepción, ni matización, ni preferencia de la una sobre la otra». El magistrado ponente de esa decisión, Pablo Lucas Murillo de la Cueva, explicó que la razón de ser de ambos criterios es «asegurar que quien esté al frente del Consejo de Estado reúna la doble cualificación que quiere el legislador».

No es «jurista de reconocido prestigio»

A pesar de que el Supremo consideraba que ella tenía una «notoria y sobresaliente trayectoria» a nivel político, pero que «no sirve para tenerla por jurista de reconocido prestigio».

Después, el Gobierno, que aún encabeza el mismo presidente con el que Magdalena Valerio fue ministra, empleó la figura de la Abogacía del Estado para interponer un incidente de nulidad en el que se alegaba que, durante el procedimiento judicial en el que anularon su nombramiento, se habían violado los derechos fundamentales de la todavía presidenta del Consejo de Estado.

El Alto Tribunal ha considerado que la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo no había violado ningún derecho fundamental. Además, el Supremo reprochó a la Abogacía del Estado, quien presentaba este recurso, que «no diga absolutamente nada sobre la cuestión de fondo».

En concreto, el juez se refería a que sólo atacaba la legitimación de la Fundación Hay Derecho, que fue la que recurrió el nombramiento de Valerio, para presentar ese recurso. Sin embargo, el escrito del organismo dependiente del Gobierno no hacía referencia a si Valerio era una jurista de reconocido prestigio, una exigencia para poder ser presidente del Consejo de Estado.

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