Ley de Nietos

La reflexión de Carlos Herrera sobre la Ley de Nietos: «Es una voluntad de alterar el censo electoral»

Ley de Nietos
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La Ley de Nietos ha sufrido un revés judicial tras la última decisión del Tribunal Supremo (TS), que acordó suspender de forma cautelar el derecho de voto de los ciudadanos nacionalizados al amparo de esta normativa.No obstante, la resolución del Alto Tribunal no pone en duda la nacionalidad española que ya ha sido concedida a los beneficiarios, sino determinados efectos relacionados con su inclusión en el censo electoral.

En concreto, los recursos ponen en cuestión una instrucción del Ministerio de Justicia que facilitó la acreditación de la condición de exiliado, al entender que esta medida pudo ampliar los supuestos contemplados inicialmente por la ley. Por ello, el fondo del procedimiento que estudia el TS no afecta a la validez de las nacionalidades que ya han sido concedidas. Otro de los aspectos controvertidos está relacionado con el derecho de sufragio de los beneficiarios de la norma. La medida cautelar acordada por el Tribunal Supremo paraliza temporalmente su inscripción en el censo electoral.

Ley de Nietos

«Se trata de una medida reparadora de las personas de nacionalidad española que sufrieron el exilio por la que se permite a sus descendientes recuperar la nacionalidad española. Este derecho se reconoce en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática. El Congreso aprobó la Ley el 14 de julio y el Senado el 5 de octubre de 2022.

El efecto es la obtención de la nacionalidad española de origen y, por tanto, adquisición de los derechos y deberes fundamentales reconocidos por la Constitución Española de 1978 a todos los ciudadanos españoles. Es distinto de la regularización migratoria que supone una autorización de residencia y de trabajo, en su caso, pero por este procedimiento la persona migrante no obtiene la nacionalidad española y, por lo tanto, no tiene algunos derechos como el derecho de voto», detalla el Ministerio de Exteriores.

Según esta ley, pueden optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil, las personas nacidas fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela hubiera sido originariamente español y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, hubiera perdido o renunciado a la nacionalidad española.

Igualmente, pueden adquirir la nacionalidad española los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad como consecuencia de haber contraído matrimonio con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978. También pueden hacerlo los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes se les haya reconocido la nacionalidad española de origen en virtud del derecho de opción.

Junta Electoral Central

La Fiscalía y la Junta Electoral Central (JEC) han coincidido ante el Tribunal Supremo en rechazar la aplicación de nuevos controles cautelares sobre las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) relacionadas con la denominada Ley de Nietos. Ambos organismos han solicitado a la Sala Tercera que desestime las medidas planteadas por Hazte Oír, que pide revisar los expedientes, determinar el origen de las nuevas altas y reforzar la supervisión de las inscripciones electorales derivadas de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.

En este contexto, el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha criticado duramente la actuación de los jueces implicados en este asunto y ha aludido a la existencia de «sectores judiciales» que, a su juicio, pretenden «tumbar al Gobierno». Asimismo, los ha descrito como «lobos solitarios» que «atienden la llamada del sector Aznar» y que «se dedican a hacer de la capa un sayo».

Las declaraciones del ministro han generado una firme reacción por parte de Carlos Herrera en su programa «Herrera en COPE». «Sabe usted lo que son los lobos solitarios, ¿no? Un terrorista, normalmente yihadista, que, por su cuenta y riesgo, va asesinando todo lo que pilla en un mercadillo de Navidad o en las ramblas de Barcelona. Y este sujeto soltando una salvajada con esa. «Lobos solitarios». Ese es el nivel», ha denunciado el periodista. Por otro lado, también ha cargado contra la Ley de Nietos, que, desde su punto de vista, «se les ha torcido, porque no es nada más ni nada menos que una voluntad de alterar el censo electoral».

Y añade: «para eso se concede la nacionalidad no a quien sea hijo de un exiliado con motivo de la guerra civil o nieto de un exiliado. No, no. A todo el que diga que su padre o su abuelo salió de España, no por motivos políticos». Además, critica que los solicitantes ni siquiera estén obligados a aportar documentos que acrediten la trayectoria vital de sus antepasados y sostiene que «simplemente basta con su palabra, porque esa es la consigna que tienen los consulados».

La decisión del Tribunal Supremo se centra, por ahora, en los efectos electorales derivados de la aplicación de la Ley de Nietos y no en la nacionalidad ya reconocida. La resolución definitiva determinará el alcance de las medidas y el futuro de las inscripciones afectadas.

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